Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0813/25
San Andrés de Giles, 18/03/2025
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 13 de marzo del año 2024 sancionó la ordenanza en virtud de la cuál se autoriza al Centro de Combatientes de Malvinas de San Andrés de giles, el emplazamiento de una ermita que contendrá una imagen del Sagrado Corazón de Jesús, en la Plaza Saraví de nuestra ciudad, y
Considerando
Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.
Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Promulgar la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 13 de marzo de 2025, en virtud de la cual se autoriza al Centro de Combatientes de Malvinas de San Andrés de giles, el emplazamiento de una ermita que contendrá una imagen del Sagrado Corazón de Jesús, en la Plaza Saraví de nuestra ciudad,
a efectos de cuyo registro llevará el n° 2742/25.
ARTÍCULO 2º : Registrar, Comunicar, dar intervención a las áreas correspondientes y oportunamente archivar.
ORDENANZA N° 2742
Visto:
La nota remitida al Departamento Ejecutivo por el Sr. Presidente del Centro Combatientes de Malvinas, obrante a fs. 1 del expediente n° 4101-22393-0-2025y;
Considerando:
Que a través del mismo, las autoridades del Centro Combatientes de Malvinas de San A. de Giles, solicitan en nombre de la Institución , la pertinente autorización para realizar las obras de construcción necesarias, para la instalación de una ermita que contenga la imagen del Sagrado Corazón, que ha sido donada a la Comunidad y a esa Institución
Que el emplazamiento de la misma será en la Plaza Saraví, contiguo al monumento donado por los civiles veteranos del conflicto bélico, compuesto por un radomo de un avión C-130 que operó en el mismo.
Que es intención de los integrantes de la Entidad, que la ermita sea descubierta en la vigilia del 1° de abril del corriente año.
Que el Centro Combatientes de Malvinas se hará cargo de la ejecución y costo de la obra, realizando la supervisión de la misma la Municipalidad;
Que es facultad de este Honorable Cuerpo, conceder la autorización para la construcción y colocación de la citada ermita , ya que la misma será emplazada en un espacio público.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Articulo 1º: Autorizar al Centro de Combatientes de Malvinas de San Andrés de Giles, el emplazamiento de una ermita, que contendrá una imagen del Sagrado Corazón de Jesús, en la Plaza Saraví de nuestra ciudad, de acuerdo a la ubicación, medidas y especificaciones técnicas explicitados en el croquis obrante a fs. 2 del citado expediente.
Artículo 2º: Establecer que, el Centro Combatientes de Malvinas se hará cargo de la ejecución y costo de la obra estando a cargo del Municipio, la supervisión de la misma.
Artículo 3º: Registrar. Comunicar a las áreas pertinentes en virtud de la naturaleza de la presente norma. Publicar y archivar.
Dada en sesión ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante, en San Andrés de Giles, el día 13 de marzo de 2025.
Firmada:
Hernando Quevedo Juan Ignacio Marano
Secretario HCD Presidente HCD