Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0781/25
San Andrés de Giles, 13/03/2025
Visto
Las actuaciones contenidas en el expediente Nº 4101-22585-0-2025, iniciadas con motivo de la presentación formulada por el señor Director de Recaudación de la Municipalidad ;y
Considerando
Que plantea el funcionario la posibilidad de extender la fecha de vencimiento para el pago de la segunda cuota de la Tasa por Servicios Rurales
Que fundamenta su petición , en la circunstancia que condiciones climáticas desfavorables e inconvenientes en la impresión de las boletas, determinaron la demora en la distribución y entrega de las mismas;
Que la propuesta cuenta con el aval del señor Secretario de Economía y Finanzas;
Que oportunamente el Departamento Ejecutivo, a través de un acto administrativo, dispone la aprobación del cronograma de pagos de las obligaciones fiscales para el ejercicio 2025 estableciéndose la fecha de vencimiento para las distintas cuotas de las Tasas y Derechos Municipales
Que el día 14 de marzo próximo , se produce el vencimiento para hacer efectivo sin intereses ni recargos el pago de la cuota 2 de la Tasa por Servicios Rurales , correspondiente al ejercicio 2025.
Que con el objeto de favorecer las posibilidades de los señores contribuyentes, y por los motivos explicitados en los considerando del presente acto administrativo, el Departamento Ejecutivo , estima conveniente prorrogar la mencionada fecha de vencimiento;
Que es procedente disponer la modificación propuesta:
Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Prorrogar hasta el día 26 de marzo del año en curso, el plazo para abonar en término sin interese ni recargos , la segunda (2ª) Cuota de la Tasa por Servicios Rurales , correspondiente al ejercicio del año 2025.
ARTICULO 2do: Registrar , difundir, comunicar, publicar y oportunamente archivar