Boletines/Zárate

Decreto Nº336/25

Decreto Nº 336/25

Zárate, 10/07/2025

Visto

La Ordenanza Nº 5282, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 27/06/2025; y-

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 5282, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 5051 hasta el 31 de diciembre de 2025, por la que se establció el Régimen de Facilidades de Pago para la Regulación de Obras Particulares que no hayan sido declaradas oportunamente;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5282.-

 

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERÓNIMO SUAREZ OGALLAR.-

 

ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 – H.C.D. 216/25.-

VISTO:

La Ordenanza 5051; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza 5051 se crea un Régimen de Facilidades de Pago para la Regularización de Obras Particulares que no hayan sido declaradas en el Municipio de Zárate -en forma total o parcial- oportunamente.-

Que, el régimen de la citada Ordenanza incluye a las construcciones no declaradas que se encuadren dentro del Código de Planeamiento Urbano vigente, y a aquellas que, a pesar de no cumplir estrictamente con las mismas, no trasgredan el Decreto Ley 8912/77, ni las normas que establece el Código de Edificación.-

Que, dicha norma es de adhesión para personas humanas o jurídicas que, acreditando su derecho de dominio sobre el inmueble, las construcciones se encuentren habitables o disponibles para su uso, y que no se posea deudas pendientes de pago por cualquier tributo municipal, puedan ingresar en el sistema de regularización de las obras particulares y facilidades de pago.-

Que, dicha ordenanza se estima debe ser prorrogada para posibilitar el proceso de regularización de obras particulares en el Partido de Zárate, encontrándose la prórroga prevista en el artículo 19 de la propia ordenanza.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

ORDENANZA N° 5 2 8 2.-

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza 5051 hasta el 31 de diciembre de 2025. 

ARTÍCULO 2º.- Establécese que la fecha de corte establecida en el inciso a) del artículo 3° de la Ordenanza 5051 quedará establecida al 31/12/2024, y la fecha de corte del inciso B) quedará establecida hasta el 31/12/2024. 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veintisiete días del mes de Junio de dos mil veinticinco.