Boletines/Zárate
Decreto Nº 335/25
Zárate, 10/07/2025
Visto
La Ordenanza Nº 5281, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 27/06/2025; y-
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 5281, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para emplazar una dársena para motocicletas en la calle Gral. Belgrano a la altura de la numeración 900-999, próxima a las inmediaciones de la sede de la Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 2 de Zárate (E.E.S.T. Nº 2);
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5281.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERÓNIMO SUAREZ OGALLAR.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 – H.C.D. 161/25.-
VISTO:
El expediente Nº 4121-1961/2025; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia la señora Directora de la Escuela de Educación Secundaria Técnica N° 2 de Zárate (E.E.S.T. N° 2), solicita la construcción de una dár-sena para motocicletas frente al edificio escolar, que se sitúa en la calle Belgrano a la altura de la numeración 958, de la ciudad de Zárate, fundando ello en que la matrícula cuenta con aproximada-mente 450 alumnos por turno, más el personal docente y la motocicleta es uno de los medios de trans-porte más utilizado.-
Que, indica que el interior del edificio sede del colegio no cuenta con la capa-cidad suficiente para albergar el estacionamiento de la cantidad de motocicletas de los estudiantes, razones por la cual formula la petición de marras.-
Que, tanto la Subsecretaría de Gobierno, como la Dirección de Agentes de Calle, dependiente de la Dirección General de Comercio y Transporte, opinan favorablemente a acce-der a lo solicitado.-
Que, tales dársenas de estacionamiento de motovehículos tienden a un mejor ordenamiento de tránsito vehicular, más aún tratándose de zonas céntricas de la ciudad, por cuanto las mismas proporcionan un lugar para el estacionamiento de los mencionados vehículos sin interrupción del tránsito ni su estacionamiento en las aceras.-
Que, por ello se estima conveniente la creación de la mencionada dársena para motocicletas.
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZA-RATE, en uso de facultades que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 5 2 8 1.-
ARTICULO 1º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal para emplazar una dársena para mo-tocicletas en la calle Gral. Belgrano a la altura de la numeración 900-999, próxima a las inmediaciones de la sede de la Escuela de Educación Secundaria Técnica N° 2 de Zárate (E.E.S.T. N° 2), de entre tres y diez metros de longitud, según disponibilidad física y razones de conveniencia, con una distancia no menor a los siete metros desde cada una de las esquinas.
ARTICULO 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer las medidas y características técni-cas de la dársena cuya construcción se dispone en el artículo precedente, como así también los me-dios de separación o división de la dársena y colocar la señalización correspondiente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veintisiete días del mes de Junio de dos mil veinticinco.