Boletines/Patagones

Ordenanza Nº4414

Ordenanza Nº 4414

Patagones, 20/05/2025

Visto y considerando

                                     El expediente 4084-531HCD/24 y;

                                  Que, a fojas 1 (uno), obra nota  de los señores Javier Roumec y Luciano Barbosa, de la Cámara de Comercio de Patagones Gastronómicos y Asociación Civil de Cerveceros de la Comarca, de fecha 17 de diciembre del año próximo pasado, solicitando autorización para el evento denominado “Carnaval Fest”.

                              Que, dicho evento se llevó a cabo los días, viernes 14 de febrero de 18:00 a 01:00 horas, sábado 15 de febrero del año en curso de 12:00 a 01:00 horas, domingo 16 de febrero de 12:00 a 01:00 horas, con corte de calles entre J.J. Biedma y Bynon, hasta la rotonda de calle Colon, y desde Bynon hasta J.J. Biedma al Nº. 60.

                             Que, los señores Concejales Presidentes de los distintos Bloques Políticos, obrante a fojas 09 (nueve) autorizan Ad- Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, con fecha 04 (cuatro) de febrero del año 2025.

                                      Que, el Honorable Concejo Deliberante de Patagones, debe establecer el instrumento administrativo correspondiente.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Convalídese la Autorización celebrada Ad- Referéndum del Honorable Concejo Deliberante,  de fecha 04 (cuatro) de febrero del año 2025, obrante a fojas 09 (nueve), la autorización solicitada oportunamente  por los señores Javier Roumec y Luciano Barbosa, de la Cámara de Comercio de Patagones Gastronómicos y Asociación Civil de Cerveceros de la Comarca para el evento denominado “Carnaval Fest”, que se llevó a cabo los días, viernes 14 de febrero de 18:00 a 01:00 horas, sábado 15 de febrero del año en curso de 12:00 a 01:00 horas, y domingo 16 de febrero de 12:00 a 01:00 horas, con corte de calles entre J.J. Biedma y Bynon, hasta la rotonda de calle Colon, y desde Bynon hasta J.J. Biedma al Nº. 60. -

ARTICULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -

CRISTIAN ARIEL DUARTE

     PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante

   Partido de Patagones

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES EN LA 5° SESION ORDINARIA- BIMODAL - 12° REUNION – PERIODO 2025, DEL DIA 19-05-2025. APROBADO POR UNANIMIDAD.