Boletines/Mercedes

Decreto Nº1213/2025

Decreto Nº 1213/2025

Mercedes, 26/06/2025

Visto

El expediente administrativoNº 4075-84/2023caratulado “Dirección de Tierras y Hábitat – Escrituración gratuita con interés social- ley 10830-Barrio Ravello- inmueble Nom. Cat. Circ. II, Secc. C, Ch. 221, Mz. 221A, parcela 12, partida inmobiliaria 33408- Arredondo Aguilar Julio Martin y Otra” y;

Considerando

                   Que la regularización dominial se caracteriza por su carácter de interés social derivado de la situación económica de las familias que se hallan encuadradas en las previsiones de la Ley 10.830, arts. 2º y 4º inc. D, teniendo el municipio especial interés en regularizar las viviendas sitas en terrenos municipales;

Que, en el marco del Decreto N° 981, Folio N° 1224/1227, Libro N° 52 de fecha 29 de junio de 2018, se declara el “Plan de escrituración de dominios irregulares”, el cual considera beneficiarios a quienes al momento de efectuarse el censo se encontraren habitando el inmueble, cuyo destino principal es el de casa y/o habitación única y permanente, ocupación pública, pacífica y continua;

Que el día 06 de junio del año 2025, se presenta ante esta Dirección de Tierras y Hábitat el Sr.Arredondo Aguilar Julio Martin y la Sra. González Romina, donde suscribe mediante Declaración Jurada que habita el inmueblecon Nomenclatura Catastral:Circ. II, Secc. C, Ch. 221, Mz. 221A, parcela 12, Partida Inmobiliaria N° 33408con destino de vivienda única, familiary permanente, de forma pacífica e ininterrumpida desde el año 2021;

       Que, en consecuencia, a través de la Ordenanza N° 9171 del año 2024 se autoriza al Departamento Ejecutivo a disponer del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral:Circ. II, Secc. C, Ch. 221, Mz. 221A, parcela 12, Partida Inmobiliaria N° 33.408;

Que en razón de cumplir con la efectiva regularización dominial y poder realizar el acto administrativo pertinente se efectúauna donación con cargo entre la Municipalidad de Mercedes yel Sr. Arredondo Aguilar Julio Martin y la Sra. González Romina, la cual se obligan a abonar los pagos correspondientes;

                    Que resulta imprescindible otorgar a los adjudicatarios seguridad jurídica respecto a la titularidad del dominio sobre el bien adquirido;

El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA

ARTÍCULO 1º.-Adjudíquese de forma definitivael inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. C, Ch. 221, Mz. 221A, parcela 12, Partida Inmobiliaria N° 33.408a favor del  Sr. Arredondo Aguilar Julio Martin D.N.I 27.978.821 y la Sra. González Romina D.N.I 32.307.183.en los términos del Decreto N° 981/18.-

ARTÍCULO 2º.-Declárese de Interés Social la donación y escrituración del inmuebleidentificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. C, Ch. 221, Mz. 221A, parcela 12, Partida Inmobiliaria N° 33.408

ARTÍCULO 3°. -Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor del Sr. Arredondo Aguilar Julio Martin y la Sra. González Romina, conforme a lo previsto por los arts. 2° y 4° inc. D de la Ley 10.830.-

ARTÍCULO 4°. -Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad.Dése al Digesto General. Fecho archívese. –