Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº160

Resolución Nº 160

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/07/2025

Visto las presentes actuaciones iniciadas por el señor Guillermo Galassi, en representación del denominado “Microcirco”, solicitando autorización para instalar y desarrollar funciones de su espectáculo desde el 25 de junio de 2025 y hasta el 10 de agosto de 2025, en un sector del paseo ubicado en calle Urquiza al 900, entre calles Salta y Córdoba; y considerando:
Que desde la Dirección General de Ordenamiento Forestal Urbano y de la Subsecretaría de Espacios Públicos se informó que el espacio solicitado se encuentra apto y desocupado para las fechas requeridas.-
Que la Dirección General de Defensa Civil informa que, teniendo en cuenta la documentación aportada por el recurrente, no encuentra objeciones para que se autorice la instalación y funcionamiento del circo a partir del 18 de julio de 2025 y hasta el 10 de agosto de 2025.-
Por todo lo expuesto, el VICEJEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 4995-2023,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º) - Autorízase al señor Guillermo Galassi, D.N.I. Nº 13.227.716, en su carácter de representante del “Microcirco”, a instalar y desarrollar funciones de su espectáculo desde el 18 de julio de 2025 y hasta el 10 de agosto de 2025, en el paseo ubicado en calle Urquiza al 900, entre calles Salta y Córdoba, de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º) - Déjese perfectamente establecido que esta Comuna no asume responsabilidad alguna sobre la realización de las funciones.-

ARTICULO 3º) - En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana severa, deberá proceder a la suspensión de la actividad.-

ARTICULO 4º) – La presente autorización es otorgada en función de la documentación presentada y al resultado de la inspección técnica que realice la Dirección General de Defensa Civil, para constatar el cumplimiento de todos los requisitos señalados oportunamente al organizador. En caso de incumplimiento, quedará automáticamente suspendida la actividad y/o el puesto comercial que incurriese en el incumplimiento de alguno de los requisitos en cuestión.-

ARTICULO 5°) - Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Recaudación, la Dirección General de Defensa Civil; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-