Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº790

Resolución Nº 790

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/06/2025

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Mariana MINNAARD, con CUIT 27-2290066-2, Contribuyente Nº 80627A para desarrollar actividades bajo el rubro de Agencia de lotería, en el domicilio de la calle Avellaneda Nº 220 de la Localidad de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO

Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 20 de febrero de 2025, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2;

Que de fs. 2 a 9, 13, 14, 17 y 18 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs. 11 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;

Que a fs. 15 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 6570 de fecha 31/03/202; dejando constancia que el local reúne buenas condiciones higiénico - sanitarias;

Que atento tratarse de un inmueble que tiene pendiente la autorización definitiva expedida por el Instituto Provincial de Lotería y Casino, único requisito faltante, correspondería otorgar un Permiso de Funcionamiento por el término de tres (3) meses, conforme lo normado por el artículo 2º inc. 1) de la Resolución N.º 2-3443/2014;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

            Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Otorgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Mariana MINNAARD, con CUIT 27-2290066-2, Contribuyente Nº 80627A para desarrollar actividades bajo el rubro de Agencia de lotería, en el domicilio de la calle Avellaneda Nº 220 de la Localidad de Bahía Blanca ,por el plazo de tres (3) meses contados a partir del día de su notificación conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 2-3443/2014, su Artículo 2°, inciso 1, y los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.

ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, publíquese y dése al Registro Oficial, publíquese, tome nota el Departamento de Habilitaciones, hecho: Archívese.