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Decreto Nº1295

Decreto Nº 1295

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 06/06/2025

    Visto la necesidad de llamar a concurso, tal lo especificado a fojas 1, por la Jefa de la Unidad de Docencia e Investigación en Salud, para la cobertura de una (1) Función para desempeñarse como Jefe/a de Departamento de Epidemiología y Calidad, y en virtud a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 19.764 de Carrera Profesional de la Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca y su Decreto Reglamentario 47/2021, Título III Capítulo II,

      Considerando que a fojas 2 consta la designación interina hasta la fecha y teniendo en cuenta la sugerencia de la Subsecretaría de Capital Humano para el dictado del acto administrativo correspondiente, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

PRIMERO: Llámese a Concurso Cerrado para la cobertura de una (1) Función para desempeñarse como Jefe/a de Departamento de Epidemiología y Calidad, con cumplimiento horario de 36 horas semanales y una Bonificación por Función del setenta por ciento (70%) sobre las 36 horas mencionadas, por el plazo de cuatro (4) años, dependiente de la Secretaría de Salud y según la Ordenanza Nº 19.764, Decreto Reglamentario 47/2021 Título III Capítulo II y su modificatoria Decreto 2474/2024.

SEGUNDO: Se hallan habilitados para participar en el concurso de funciones dispuesto en el artículo primero todos los Profesionales escalafonados dependientes de la Secretaría de Salud que cuenten con cinco (5) años de antigüedad en la Carrera Profesional de la Salud, en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 19.764, Título III, Artículo 22º.

TERCERO: Son requisitos exigibles e indispensables para que se configure formalmente la inscripción, además de los mencionados en Artículo Segundo del presente:

  • Planilla de inscripción donde deberán consignarse los datos requeridos, la cual tiene carácter de DDJJ y que se obtiene solicitando clave a partir de la fecha de inscripción al mail de la Unidad de Docencia e Investigación en Salud: docenciasaludbahia@outlook.es
  • Certificaciones de cada uno de los datos detallados en la Planilla de Inscripción mencionada precedentemente.
  • Presentación de Documento de Identidad del postulante y fotocopia del mismo.
  • Fotocopia autenticada del Título Profesional habilitante.
  • Presentación de la matrícula profesional, fotocopia de la misma y certificado ético profesional.
  • Constituir domicilio legal en el Partido de Bahía Blanca.
  • Capacitación en Administración y/o gestión en Atención Primaria de la Salud (A.P.S.) y/o en Programas de Salud certificados por ministerios, universidades, instituciones que rijan la matrícula y/o entidades oficiales.
  • Capacitación en manejo de datos estadísticos, sistemas de información, telemedicina y/o nuevas tecnologías.
  • Declaración Jurada con la cual se dan, fehacientemente por conocidos los términos del llamado a concurso según Anexo 3 del presente.
  • Certificar capacitación "Ley Micaela", obligatoria para la promoción y ascenso del personal municipal, según el artículo 2º de la Reglamentación de la Ordenanza 20161 Anexo I.

Cumplidos en forma los recaudos mencionados precedentemente se otorgará a cada postulante un Certificado de inscripción.

CUARTO: Apruébense las pautas para la elaboración del Proyecto correspondiente al ítem examen para la función de Jefe de Departamento, que se incorpora al presente Decreto mediante Anexo 2.

QUINTO: Para la calificación de los postulantes se considerara lo estipulado en el Artículo 24º de la Ordenanza 19.764, para el cual se evaluará antigüedad, antecedentes y examen de oposición. Además deberá presentar un proyecto relacionado con el plan de trabajo, desarrollo y gestión para el Departamento en el cual ejercerá la función que llevará a cabo cada año durante el periodo de cuatro (4) años, según las pautas de presentación establecidas en el Anexo 2 del presente Decreto. Para los conceptos antigüedad y antecedentes se acreditarán certificados que hayan sido expedidos hasta treinta (30) días antes de la fecha de resuelto el llamado a concurso. Se asignará hasta un máximo de treinta (30) puntos. El examen de capacidad tendrá carácter de eliminatorio en aquellos postulantes que no acrediten el sesenta (60) por ciento como mínimo de cada ítem del puntaje del examen, discriminados en quince (15) puntos para la presentación de proyecto y quince (15) puntos para la defensa, utilizando para tal fin las planillas para la evaluación del proyecto según consta en el Anexo 4 Dec. Reglamentario 47/2021. El postulante eliminado por examen queda automáticamente excluido del concurso respectivo.

En todos los concursos de funciones se puntuará el “consenso” que cada postulante obtenga, de acuerdo al procedimiento estipulado en el capítulo II del Decreto Reglamentario 47/2021, del cual participarán todos los profesionales escalafonados dependientes de la Secretaria de Salud, cuya antigüedad no sea inferior a un (1) año a la fecha del llamado aconcurso y pertenecientes al régimen comprendido en la Carrera Profesional Sanitaria. Será la Comisión Permanente de Carrera Profesional de la Salud (CPCPH), la encargada de presentar los padrones para cuyas funciones los profesionales escalafonados que se encontrarían en condiciones de votar no se encuentran definidos en el Organigrama. El acto tendrá carácter de elección y se desarrollará con posterioridad a la realización del examen de evaluación de capacidad. El voto será secreto y se asignará al número total de profesionales votantes el valor máximo de DIEZ (10) puntos, y cada voto positivo tendrá el valor proporcional correspondiente. Cada aspirante obtendrá su puntaje de acuerdo alnúmero de votos que haya obtenido.

SEXTO: Constitución de los jurados (Artículos 19º y 20º de la Ordenanza 19.764 e Inciso H del Decreto Reglamentario 47/2021)

a) Un representante de la profesión en concurso o un profesional alcanzado por la ordenanza 19.764 designado mediante Resolución de la Secretaría de Salud, quien ejercerá la Presidencia, con voz y voto. En caso de empate tendrá doble voto.

b) ) Dos (2) profesionales escalafonados, con voz y voto, con más de cinco (5) años de antigüedad como tal, y no participen del concurso, elegido por sorteo o por la Comisión Permanente de Carrera Profesional de la Salud, con voz y voto. En caso de no existir profesionales que reúnan los requisitos establecidos en el ámbito de la Secretaría deSalud, la selección será decidida entre profesionales con experiencia en dependencias desalud del ámbito provincial o nacional, por Resolución del Secretario de Salud.

c) Un representante designado por la entidad profesional a cuyo cargo se halle el manejo de la matrícula, con voz y voto. En caso de presentarse profesionales de distintas ramas de la salud deberán participar representantes de todas las entidades profesionales a cuyo cargo se halle el manejo de la matrícula de los mismos, con voz y voto también.

d) Un representante de la asociación de profesionales, con voz y voto.

El jurado estará integrado por un número igual de suplentes que los miembros titulares, elegidos en la misma forma que estos, cuya función será reemplazar a aquellos en caso deausencia, excusación o recusación aceptadas, pudiendo sesionar válidamente los juradoscon más del cincuenta (50) por ciento de sus miembros. Los miembros del jurado podránexcusarse o ser recusados dentro de los tres (3) días hábiles de haber sido pública sudesignación, por escrito fundado ante la Secretaría de Salud.

SÉPTIMO: CRONOGRAMA DEL CONCURSO:

  • Publicación: los días 23 de junio de 2025 en el sitio web de la Municipalidad de Bahía Blanca https://www.bahia.gob.ar/salud/concursos/ y en SiSalud en http://www.isalud/login.aspx.
  • Inscripción: desde el 14 al 18 de julio de 2025 en el horario de 08:00 hs. a 13:00hs. en la Unidad de Docencia e Investigación en Salud de la Secretaría de Salud, Chiclana 451, P.A., debiendo presentar en sobre cerrado la documentación requerida en el Artículo TERCERO del presente Decreto.
  • Entrega de certificados de inscripción, publicación de listado de inscriptos y jurado designado a los inscriptos desde el mail docenciasaludbahia@outlook.es : 21 de julio de 2025.
  • Entrega jurado definitivo, lugar y horario de examen a los inscriptos desde el maildocenciasaludbahia@outlook.es : 24 de julio de 2025.
  • Presentación del Proyecto: el día 05 de agosto de 2025, el cual se deberá presentar en el horario de 08:00 hs. a 13:00 hs. personalmente en la Unidad de Docencia e Investigación de Salud, Chiclana 451, P.A, y enviar vía mail a docenciasaludbahia@outlook.es
  • Defensa del Proyecto: el día 12 y 13 de agosto de 2025.
  • Consenso: 14 de agosto de 2025 de 08:00 a 13:00 hs. En dependencias de la Secretaría de Salud, Chiclana 451 – P.A.
  • Publicación del Orden de Mérito: el día hábil siguiente a la finalización del consenso, el cual será notificada a los concursantes desde el maildocenciasaludbahia@outlook.es  a cada uno de los inscriptos.

OCTAVO: En el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado el orden de mérito, se podrá recurrir las decisiones del jurado e impugnar. El jurado estudiará y resolverá de manera fundada las impugnaciones y apelaciones presentadas en primera instancia. Dentro de los cinco (5) días de notificado el recurso resuelto por el jurado podrá recurrirse en segunda instancia ante la Comisión Permanente de Carrera Profesional de la Salud, la que se expedirá en forma definitiva.

Tanto el jurado como la Comisión de Carrera deberán expedirse en un plazo no mayor de cinco (5) y diez (10) días hábiles respectivamente de interpuestos los recursos.

NOVENO: Las impugnaciones al trámite concursal deberán referirse a cuestiones de legitimidad, excluyendo todo supuesto de apreciación que efectúe el jurado del concurso y se regirán por lo dispuesto en las leyes sobre procedimiento administrativo y contencioso administrativo, en su caso.

DÉCIMO: Apruébese la descripción del cargo de Jefe de Departamento, que será cubierto según lo establezca la Secretaría de Salud de acuerdo al orden de mérito determinado en forma definitiva y la definición de competencias del mismo,que se incorpora como Anexo 1 del presente Decreto.

DÉCIMO PRIMERO: Cúmplase, tome nota Subdirección de Capital Humano, dese al R. O. y resérvese en Secretaría de Salud para la realización del Concurso respectivo.-

 

 

 

ANEXO 1

DESCRIPCI�N DEL CARGO - JEFE DE DEPARTAMENTO

Función principal del puesto:

- Coordinación de la ejecución operativa del Departamento de Epidemiología y Calidad dependiente de la Secretaria de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca.

- Organización, administración y planificación de la estructura Departamental bajo su responsabilidad.

- Contar con un 100% de actividad administrativo-docente, pudiendo en forma voluntaria destinar un 30% de su horario a actividades asistenciales.

 

El Jefe de Departamento de Epidemiología y Calidad deberá desempeñar un rol estratégico en el análisis de la situación de Salud de la población, la detección temprana de riesgos sanitarios, la articulación con otros niveles de atención y la conducción de acciones de respuesta frente a eventos de interés epidemiológico. Asimismo deberá gestionar los servicios de salud según las necesidades de la comunidad, con base en evidencia científica, conocimiento local, territorial y comunitario, a través de la conformación de un panel de indicadores epidemiológicos con la finalidad de asegurar el óptimo cumplimiento de los programas llevados a cabo por la Secretaria de Salud.

 

Deberá abordar situaciones incluyendo actividades asistenciales, de promoción, prevención, protección y rehabilitación, comprendiendo acciones extramuros, comunitarias, institucionales y domiciliarias, con el primordial objetivo de mejorar los niveles de salud de la población, impulsando la participación ciudadana y articulando con el Segundo y Tercer Nivel de Atención y realizar las acciones correspondientes en relación a la vigilancia epidemiológica según manual de normas y procedimientos para la vigilancia de enfermedades de notificación obligatoria del Ministerio de Salud.

 

Gestión Administrativa:

 

1- Garantizar la implementación del Sistema de Información en Salud (SI-Salud) y de la Historia de Salud Electrónica, supervisando y actualizando la carga de datos, en cumplimiento con la leyes de ejercicio profesional y de la ley de derechos del paciente.

2- Elaborar un informe de gestión a requerimiento del Equipo de Gestión Ejecutivo (EGE) y/o a solicitud del Secretario de Salud. El mismo será realizado en consenso con los trabajadores y organizado metodológicamente.

3- Conocer la información relativa a inmunizaciones, vacunas, medicamentos y su prescripción, manteniendo contacto continuo con las áreas de Farmacia e Inmunizaciones.

4- Ante una situación de robo, hurto y/o daño, realizar la denuncia y notificar telefónicamente y por escrito, con copia de denuncia a las autoridades de la Secretaria de Salud.

5- Solicitar mejoras correspondientes y seguimiento del trámite para la solución a requerimiento del EGE de:

  1. El riesgo edilicio y necesidades de mantenimiento e infraestructura.

  2. Las necesidades informáticas (software, conectividad y hardware) y de la comunicación.

  3. La necesidad y mantenimiento del instrumental, mobiliario, e insumos.

6- Coordinar las actividades que proponga la Secretaría de Salud ante casos de brotes, pandemias, emergencias, crisis, situaciones de control concreto de enfermedades o campañas de vacunación para control y bloqueo de enfermedades.

7- Incluir herramientas aplicadas de inteligencia artificial y telemedicina que contribuyan a utilizar los recursos de manera mas eficiente y gestionar el modelo de telesalud acorde a las necesidades de monitoreo, consulta y recolección de datos del Primer Nivel de Atención.

8- Coordinar acciones agenciales con Políticas Sociales, Hábitat y Ambiente en el abordaje de los problemas relacionados a la salud y sus determinantes.

9- Establecer comunicación interagencial a fin de optimizar el registro y análisis de los datos a demanda del ejeutivo.

 

Gestión del Recurso Humano:

 

1- Organizar y proponer la oferta de atención profesional y no profesional sugiriendo al EGE la incorporación o cambios del personal.

2- Controlar e informar sobre el cumplimiento efectivo de la carga horaria de los trabajadores del Centro.

3- Supervisar e Informar el cumplimento de las normas de higiene y actividades de bioseguridad por parte del personal (de acuerdo a normas nacionales).

4- Actualizar semanalmente el personal que se encuentra trabajando en el Departamento, considerando licencias, rotaciones, capacitaciones, etc.

5- Ante incumplimientos o desempeños negativos, podrá elevar informes en la oportunidad que lo crea conveniente al EGE.

6- Fomentar tareas de Investigación y docencia en conjunto con la Unidad de Docencia e Investigación en Salud, estimulando la participación del personal en estudios y trabajos de investigación sobre necesidades y problemas de salud de la comunidad.

7- Implementar los Programas nacionales, provinciales y/o municipales que ejecute la Secretaría de Salud, en el Departamento bajo su responsabilidad.

8- Propiciar el conocimiento y desarrollo de los programas ejecutados por la Secretaría de Salud, acompañando al equipo y priorizando su implementación con la finalidad de impulsar el cumplimiento de las políticas de salud emitidas por la Secretaría de Salud.

 

 

 

 

ANEXO 2

PAUTAS PARA LA ELABORACI�N DEL PROYECTO

JEFE DE DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA Y CALIDAD

Para la calificación de los postulantes se considerará lo estipulado en Decreto 47/2021, título III, Artículo décimo primero, inciso G, considerando además la realización del Consenso correspondiente estipulado también en el Capítulo II.

El examen de evaluación se realizará en un todo de acuerdo a lo reglamentado en el capítulo II correspondiente a Concurso de Funciones tipo E, que establece la elaboración y presentación de un proyecto para los cuatro años de función y su defensa. Este será evaluado conforme Planilla para la Evaluación de Proyectos, según anexo 4 del decreto mencionado.

Pautas:
Elabore un proyecto de mejora o desarrollo del Departamento de Epidemiología y Calidad. El Proyecto deberá incluir actividad o proceso del Departamento donde se puede observar la aplicación de los siguientes tópicos:

  • Planificación
  • Participación comunitaria
  • Sistemas de información
  • Gestión de recursos humanos
  • Gestión de recursos financieros
  • Aspectos legales
  • Aspectos éticos


Se espera que el trabajo refiera a la solución de los problemas priorizados concretos vinculados a la gestión en salud en los distintos niveles de su incumbencia.

Para ello deberá:
a. Identificar y describir cuanti y/o cualitativamente los problemas.
b. Identificar, analizar, seleccionar y/o diseñar potenciales soluciones de los problemas.
c.Elaborar recomendaciones que permitan optimizar la toma de decisiones pertinentes a los problemas de gestión en salud abordados.


El proyecto debe contener:
1. Título del Proyecto
2. Diagnóstico de Situación
3. Problemas
4. Justificación
5. Marco Teórico
6. Objetivo General
7. Objetivos Específicos
8. Metodología
9. Previsión de obstáculos
10. Plan de Trabajo
11. Cronograma
12. Resultados esperados
13. Evaluación de resultados.
14. Referencias Bibliográficas


Formato:
La fuente de texto utilizada deberá ser la misma para todo el trabajo. Se podrá optar por Arial 11 o Times New Roman 12. Si se utilizan notas al pie deben tener la misma tipografía que el cuerpo pero en tamaño 10. El manuscrito debe presentarse en hojas A4, dejando los márgenes a 2,5 cm, escritura a espacio 1,5 y un máximo de 50 hojas. La negrita se utilizará solo para los títulos y subtítulos. La cursiva solo puede emplearse para escribir expresiones en otro idioma o que se quieran remarcar. Se considera conveniente enumerar las páginas en la parte superior, sobre el centro de la página.

ANEXO 3

DDJJ - CONCURSO CERRADO TIPO E

CONCURSO CERRADO DE FUNCIONES
(Jefes de Departamento - Áreas Programáticas - Subdirecciones - Direcciones
Asociadas)

El abajo firmante, ___________________________________, documento de
identidad tipo __________ Nº_______________________, legajo Nº__________
aspirante al Concurso de Funciones, declara bajo juramento conocer la reglamentación del presente concurso y reunir todos los requisitos para inscribirse en el mismo, como así también cumplir con las disposiciones de los artículos 6 º y 8º de la Ordenanza 19764.

 


FECHA: ___/_____/______                                           FIRMA: __________