Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº178

Resolución Nº 178

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 02/07/2025

Visto las presentes actuaciones, atento a lo solicitado por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial a fs. 17, respecto a la necesidad de prorrogar la encomendación del agente Martín José Napal, legajo Nº 12.699 y;
 

Considerando
 

Que por Resolución Nº 58/2024 se encomendó al agente Martín José Napal, legajo Nº 12.699 en la función de Subdirector de Desarrollo Comunitario y Articulación Programática, frente a la necesidad de abordar de una manera social, territorial y comunitaria la complejidad del consumo problemático de personas en contextos de vulnerabilidad social, 
 

Que la Subsecretaría de Desarrollo Social solicitó prorrogar la encomendación del mencionado agente en la categoría 02/1A, correspondiendo abonarle la diferencia entre su categoría actual 02/3B.03 y la categoría 02/1A.03 y la Bonificación Remunerativa por Función del 28%.
 

Por lo expuesto y atento a lo informado por la Subdirección de Capital Humano a fs. 18 y la imputación emitida por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 18 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
 

- R E S U E L V E -
 

PRIMERODar por encomendado al agente Martín José Napal, legajo Nº 12.699 la función de Subdirector de Desarrollo Comunitario (Oficina Nº 108), manteniendo su categoría efectiva y su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, abonándole la diferencia entre su categoría de revista actual 02/3B.03 y la categoría 02/1A.03, y la Bonificación Remunerativa por Función Jerárquica 28% según el Art. N° 1 del Decreto 550/2023, modificatorio del 1400/09, en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el Art. 275° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, a partir del día 1 de Julio y hasta el 31 de Diciembre de 2025.
SEGUNDO: Dejase constancia que si durante el período en el que se encomienda la función, el agente Martín José Napal, legajo Nº 12.699 hace uso de licencia alguna y lo sucede en reemplazo por ese período otro agente, la misma dejará de percibir la diferencia de categoría y la bonificación, hasta tanto dure su ausencia y se le deberán abonar ambos conceptos al agente reemplazante.
TERCEROEl presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110106000; Fuente: 110; Cat. Programática: 01.01.; Gasto: 1.1.1.2, 1.1.3.3.-
CUARTO: Refrende la presente Resolución el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General, Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, dése al R.O. y ARCHIVESE.