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Decreto Nº0129/25

Decreto Nº 0129/25

Pellegrini, 31/01/2025

D E C R E T O   Nº 0129/25

Visto y considerando

            El vencimiento del contrato de concesión del Buffet del Complejo Polideportivo celebrado por el Consejo Administrativo y el actual adjudicatario; y

                        Que el Complejo Polideportivo es un espacio de recreación que requiere de la atención de necesidades de las distintas personas que asisten al mismo de acuerdo a las actividades que se ofrecen;

 

                        Que el Concejo Administrativo acuerda llamar a concurso de precios para la nueva adjudicación de la concesión del buffet y la explotación de los quinchos y parrillas y de la cancha de pelota paleta y gimnasio del espacio destinado a la práctica deportiva y recreativa citado;

 

                        Que, en uso de las facultades legales que le son propias y de acuerdo a los artículos 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y de su decreto reglamentario;

LA INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: Llámese a “CONCURSO DE PRECIOS Nº 04/2025” para el día Miércoles 26 de Febrero de 2025, a las 10.00 horas, en la Oficina del Contador de la Municipalidad de Pellegrini, para la Concesión, el uso y explotación del local ubicado en el Complejo Polideportivo de la ciudad de Pellegrini, destinado a ofrecer servicio de confitería, explotación de los quinchos y parrillas y atención de la cancha de pelota paleta y gimnasio en los horarios sujetos a reglamentación.

 

ARTICULO 2º: La presentación de las propuestas se realizará según lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones que como anexo se integra al presente Decreto y forma parte del mismo. El pliego de Bases y Condiciones podrá retirarse en la Oficina de la Dirección de Cultura y Deporte de la Municipalidad de Pellegrini, de Lunes a Viernes, en horario de 07:00 hs. a 13:00 hs.-

 

ARTICULO 3º: Establécese como derecho mínimo la suma inicial mensual de Pesos OCHENTA MIL ($80.000), la cual será reajustada cada seis (6) meses conforme el porcentaje acumulado del Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido mensualmente por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC). El pago del monto mensual resultante deberá realizarse en forma adelantada, entre el primero y el décimo día de cada mes.

 

ARTICULO 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para la apertura de los sobres en Mesa de Entradas de esta Municipalidad.

 

ARTICULO 5º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la propuesta que crea más conveniente o en su defecto rechazar todas, si considera que las mismas no reúnen las condiciones a sus intereses, sin perjuicio alguno para el municipio en este último caso.

 

ARTICULO 6º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.