Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº6943/2025

Ordenanza Nº 6943/2025

Pinamar, 30/05/2025

VISTO: El expediente 4123-0711/25 Cpo. 1, Caratulado: Convenio Colegio de la Abogacía de La Plata - Secretaría de Turismo y, CONSIDERANDO: Que dichos Convenios suscriptos entre la municipalidad de Pinamar con diferentes Colegios de Profesionales tienen por objeto promover la demanda turística local en temporada baja a través de beneficios en descuentos hechos por el sector privado del municipio (hotelería, gastronomía, balnearios, deportes y entretenimientos). Que tales beneficios son costeados exclusivamente por el sector privado, y el único compromiso del municipio es comunicar a dichos colegios de profesionales cuáles son los descuentos vigentes que resulten de aplicación. Que dichos beneficios son variables, estacionales, y están sujetos a la exclusiva disponibilidad del sector privado. Pudiendo ser dados de baja en cualquier momento por la sola decisión del sector privado, y el municipio solo informará la baja de los comercios que se retiran del acuerdo promocional del destino a los distintos Colegios. Que el Honorable Tribunal de Cuentas solicita la convalidación de dichos acuerdos por ordenanza, por considerarlos encuadrados en el artículo 41 de la LOM. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 6943/2025 

ORDENANZA

ARTICULO 1: Convalídese el convenio suscripto entre la municipalidad de Pinamar con el Colegio de la Abogacía de La Plata, obrante a fojas 16 a 23 del Expediente Nº 4123-0711/2025 Cpo. 1.

ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido, archívese.-

Sala de Sesiones, 30 de mayo de 2025