Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº6939/2025

Ordenanza Nº 6939/2025

Pinamar, 09/05/2025

VISTO: El Expediente 4123-0558/2025 Cpo. 1 y 2 RENDICIÓN DE CUENTAS - EJERCICIO 2024 y ; CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos del año 2024 fue aprobado por el Honorable Concejo Deliberante para el ejercicio 2024 según Ordenanza Nº6667/2024; Que durante la ejecución presupuestaria correspondiente al Ejercicio 2024 se produjeron excesos en determinadas partidas, como así también economías en otras. - Que el Artículo 67° de la Ley Orgánica Municipal dice "Durante el examen de cuentas, el Concejo estará facultado para compensar excesos producidos en partidas del presupuesto de gastos, que estime de legitima procedencia hasta un monto igual al de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto, o con excedentes de recaudación y con el saldo disponible que registre antes de efectuar las operaciones de cierre del ejercicio, la cuenta Resultados de Ejercicios”. - Que el día 31 de marzo del corriente ejercicio el Departamento Ejecutivo elevó el Expediente del VISTO con la documentación requerida por el Honorable Tribunal de Cuentas en sus Artículos 23 y 24 según texto Ley 13963.- Que el artículo 1° del Decreto Provincial N°12/2024 rige lo establecido por el artículo 42° de la Ley N°15480 el cual expresa: "Los Municipios que presenten excesos presupuestarios al cierre del Ejercicio 2024 y no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldos disponibles que registre la cuenta "Resultados de Ejercicios", podrán solicitar a sus respectivos Concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones. Convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente". - Que los excesos registrados están ligados a gastos financiados con fondos provenientes del Tesoro Municipal y se produjeron debido a la necesidad de dar efectivo cumplimiento a la prestación de los servicios básicos urbanos en el contexto económico del año 2024. Que este Honorable Concejo Deliberante, en el marco de la emergencia económica oportunamente declarada, brindó herramientas excepcionales al Departamento Ejecutivo para optimizar el gasto público, permitiéndole efectuar compras de manera más ágil, revisar contratos y obligaciones vigentes, y actuar con mayor flexibilidad administrativa. Que en pos de asegurar la sustentabilidad financiera del Municipio, este cuerpo legislativo también aprobó la indexación del módulo de tasas municipales al Índice de Precios al Consumidor (IPC), buscando otorgar previsibilidad a los ingresos y minimizar el rezago frente al proceso inflacionario. Que tanto la recaudación tributaria como los ingresos por coparticipación provincial se ubicaron por encima de los niveles presupuestados para el ejercicio evaluado, evidenciando un contexto favorable en términos de recursos disponibles. Que, en las últimas elecciones, la ciudadanía en general ha manifestado su respaldo a políticas orientadas hacia el equilibrio fiscal, el orden administrativo y la responsabilidad en el manejo de los fondos públicos. Que, no obstante las facultades otorgadas y el contexto favorable en materia de recursos, persisten observaciones respecto de la administración de los mismos, lo que amerita dejar expresadas en esta instancia. Que, más allá de dichas discrepancias políticas , en el análisis estrictamente técnico de la Rendición de Cuentas no se han detectado irregularidades sustanciales que impidan su aprobación formal, en cumplimiento del marco legal. Que por lo expresado se debe confeccionar el acto administrativo de rigor: POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 6939/2025 

ORDENANZA

ARTICULO 1: APRUÉBESE la Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2024 presentada por el Departamento Ejecutivo según Expediente N° 4123-0558/2025 Cpo. 1 y Cpo. 2.

ARTICULO 2: Comuniquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido archivese.

Sala de Sesiones, 09 de mayo de 2025