Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº6910/2025

Ordenanza Nº 6910/2025

Pinamar, 25/04/2025

VISTO: EL Expediente Nº 4123-2285/24 Cpo. 1 Caratulado: Resolución N° 2024-276 APN - MU, y CONSIDERANDO: Que los Organismos recaudadores de las diferentes provincias del país, trabajan en la interoperabilidad en la administración tributaria y el Sistema unificado de Administraciones Tributarias Subnacionales (SUATS), organizado por el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CEATS), con una mirada en ser más eficientes tanto en la recaudación como con la utilización de los recursos públicos; Que el CEATS, es una organización que cuenta con varias provincias y municipios asociados y, mientras más miembros incorpora, más experiencias suma para analizar y aplicar en los distintos modelos de las administraciones tributarias, es una asociación civil (CUIT 30-70927265-5), una persona pública no estatal de alcance internacional y de carácter intergubernamental, que nuclea administraciones tributarias subnacionales y tiene por objeto proveer un foro permanente sobre tributación, permitiendo el intercambio de experiencias, la colaboración mutua y la asistencia entre sus miembros e impulsar y conducir investigaciones y estudios sobre sistemas tributarios y administraciones tributarias subnacionales, utilizadas para adoptar directrices, formular modelos y propiciar la difusión de la información para el mejoramiento y fortalecimiento de las administraciones miembro; Que el SUATS, es una herramienta digital implementada en colaboración con el CEATS, la cual funciona como entidad coordinadora que permitirá la liquidación, percepción y rendición de los tributos relacionados con la propiedad automotor y las transferencias de vehículos en forma electrónica, incluyendo impuesto de sellos y multas de tránsito no prescriptas; Que la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), es la Institución que representa a todos los Concesionarios Oficiales de Automotores en la República Argentina, teniendo por objeto la más amplia vinculación de los asociados para difundir la función del Concesionario en la Comercialización del Automotor y fomentar su desarrollo en el país como factor del progreso económico y social; Que el Sistema Unificado de Cálculo, Emisión y Recaudación de Patentes (SUCERP), es el sistema que relaciona la base de datos del Impuesto a la Radiación de Automotores (Patentes), como así también la actualización permanente de los datos de los contribuyentes de todos los municipios incorporados, tratándose de una aplicación que reside sobre un sitio de Internet; Que la Municipalidad de Pinamar, ha utilizado el SUCERP ( Sistema unificado de calculo, emisión y recaudación de patentes) obteniendo la información actualizada con la cual se renueva periódicamente la base de datos municipal, en vigencia del Convenio N° 244-2016 de Complementación de Servicios suscripto entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Municipalidad de Pinamar y del Acuerdo Complementario N° 245-2016 entre el Municipio de Pinamar y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), homologados por Ordenanza N° 4958 y 4999/2017; Que no obstante, dicho sistema (SUCERP) dejará de encontrarse operativo en vigencia de la Resolución del Ministerio de Justicia de la Nación N° 276/2024, por la cual quedan sin efecto los convenios suscriptos entre el Ministerio y las Municipalidades, normativa informada a la Comuna por carta documento emitida por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios en el mes de Septiembre/2024; Que a razón de ello, se torna urgente la firma de un nuevo convenio a suscribir ahora entre el CEATS y la Municipalidad de Pinamar, como el modelo que luce adjunto de fs. 18 a 23 (frente y dorso) del expediente de referencia en el VISTO, en aras de la implementación del SUATS, a los fines de continuar contando y cargando la información actualizada en el Sistema de Ingresos Públicos municipal, para la imputación correcta de las tasas correspondientes con la propiedad automotor y las transferencias de vehículos, así como la tramitación acertada de su cobro; Que el Departamento Ejecutivo, eleva Al Honorable Concejo Deliberante proyecto de ordenanza para su conocimiento, evaluación y, en caso de no encontrar objeción, proceder en virtud de lo establecido en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Texto según Ley 15310): Corresponde al Concejo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales. Exímase de éste requisito en los casos de los convenios suscriptos con los organismos de la Administración Central, desconcentrados, descentralizados. Sociedades y Empresas del Estado, tanto de la Provincia de Buenos Aires como del Estado Nacional. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 6910/2025 

ORDENANZA

ARTICULO 1: Autorícese a la firma del Convenio cuyo modelo luce adjunto de fs.18 a 23 (frente y dorso) del Expediente del VISTO, a suscribir entre el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CEATS, CUIT 30-70927265-5), como entidad coordinadora de la liquidación, percepción y rendición de los tributos relacionados con la propiedad automotor y las transferencias de vehículos en forma electrónica, mediante el Sistema Unificado de Administración Tributaria Subnacional (SUATS), incluyendo impuesto de sellos y multas de tránsito no prescriptas, y la Municipalidad de Pinamar, formando parte de la presente como ANEXO 1.

ARTICULO 2: Dese al Registro Oficial, comuníquese al Departamento Ejecutivo y, cumplido, archivese. Sala de Sesiones, 25 de abril de 2025