Boletines/Pinamar
Decreto Nº 0452/2025
Pinamar, 18/03/2025
Visto
El Código Tributario Municipal Ordenanza N° 6324/22 y la Ordenanza modificatoria N° 6562/23; y,
Considerando
Que durante el año 2022 se ha aprobado el Código Tributario Municipal - Ordenanza Nº 6324/22 por medio de la cual, en su Artículo 220, se fija el valor módulo para el cómputo de las tasas municipales;
Que el Artículo 220 mentado, ha sufrido modificaciones en el valor módulo aprobadas por las Ordenanzas Nº 6473/23 y 6562/23;
Que el Artículo 1 de la Ordenanza Nº 6562/23, faculta al Departamento Ejecutivo a actualizar de manera mensual el valor módulo a partir del mes de Abril/2024 con el dato oficial del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por INDEC con retraso de dos meses;
Que el valor módulo municipal vigente en Marzo de 2025 es de pesos trescientos setenta y dos con treinta centavos ($372,30);
Que para determinar el valor módulo para el mes de Abril de 2025, corresponde actualizar dicho valor vigente en Marzo de 2025 con el IPC de Febrero de 2025;
Que según datos oficiales publicados por el INDEC, el nivel general del Índice de precios al consumidor (IPC) representativo del total de hogares del país registró en Febrero/2025 una variación de 2,4% con relación al mes anterior;
Que, en este sentido, se debe confeccionar el acto administrativo de rigor;
Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA
ARTICULO 1: Fíjese el valor módulo para el mes de Abril de 2025 en pesos trescientos ochenta y uno con veinte centavos ($381,20), importe que resulta del valor modulo del mes de Marzo/2025 de $372,30.- más el IPC correspondiente al mes de Febrero/2025, en virtud de lo establecido por Artículo 1 de la Ordenanza Nº 6562/2023, la cual faculta al Departamento Ejecutivo a actualizar de manera mensual el valor módulo municipal a partir de Abril/2024, mediante aplicación del dato oficial del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
ARTÍCULO 2: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.