Boletines/Pinamar

Decreto Nº0233/2025

Decreto Nº 0233/2025

Pinamar, 04/02/2025

Visto

El Expediente 4123-2501/2013 Cuerpo 1 “PROYECTO DE PLANTA DEPURADORA DEL PTDO DE PINAMAR”;

Considerando

 Que en el marco del PROGRAMA DE ASISTENCIA EN ÁREAS CON RIESGO SANITARIO (PROARSA) de ENOHSA mediante una Adenda al Convenio Marco (CONVE-2024-127427601-APN-AJ#ENOHSA) firmada entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Municipalidad de Pinamar, se desarrollará la construcción de la "PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOACALES - PINAMAR".

 

             Que el proyecto consiste en la construcción de la primera etapa de la planta de tratamiento de efluentes cloacales para el Partido de Pinamar. En esta primera fase se implementará una capacidad de tratamiento de 12.000 m³/día, con la obra civil preparada para el equipamiento del segundo módulo. Asimismo, la planta está diseñada para permitir futuras ampliaciones hasta alcanzar una capacidad final de 48.000 m³/día mediante la incorporación de módulos adicionales y su equipamiento correspondiente;

 

             Que este proyecto representa una significativa mejora en la infraestructura sanitaria del Partido de Pinamar. Su diseño modular permitirá una implementación gradual, adaptándose al crecimiento poblacional y la expansión de la red cloacal, optimizando así la inversión pública y asegurando una cobertura creciente del servicio;

 

             Que para la ejecución del proyecto es necesaria la creación de la Categoría Programática "PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOACALES - PINAMAR"., y la oficina "PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOACALES - PINAMAR"., de afectación específica de Origen Nacional-, correspondientes a la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA;

 

Que el Art. 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades autoriza al Departamento Ejecutivo dentro del ejercicio a disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por cada Ordenanza presupuestaria, quedando comprendidas las modificaciones que involucren a gastos corrientes y distribución de las finalidades dentro de los respectivos rubros presupuestarios;

 

              Que en las adecuaciones presupuestarias se contempla no perjudicar el normal accionar de la Municipalidad, debiendo las Áreas correspondientes ajustarse al nuevo saldo de las partidas modificadas (Art. 121 - L.O.M.);

Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA

ARTICULO 1º: Créase la Categoría Programática, "PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOACALES - PINAMAR"., de afectación específica de Origen Nacional-, correspondiente a la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA;

ARTICULO 2º: Créase la Oficina "PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOACALES - PINAMAR"., dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA.

ARTICULO 3°: Autorizase a la Oficina de Presupuesto y a la Contaduría Municipal a designar los nomencladores correspondientes a lo estipulado en los Art. 1° y 2° del presente Decreto.

ARTICULO 4º: Comuníquese, a la Secretaría de Obras Públicas e Infraestructura, Secretaría de Hacienda, Oficina de Presupuesto, Contaduría Municipal, dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido, archívese. -