Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18892/2025
Tandil, 10/07/2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Fíjese el nuevo cuadro tarifario para el Servicio de Taxis, de acuerdo a la siguiente escala, el cual tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente Ordenanza:
|
Característica |
Servicio Diurno (06:00 a 22:00) |
Servicio Nocturno (22:00 a 06:00) |
|
Bajada de Bandera |
$ 1.450 - |
$ 1.740 - |
|
Valor de ficha (116 metros) recorridos |
$ 145 - |
$ 174 - |
|
Minuto de espera |
$ 145 - |
$ 174 - |
|
Km. por camino de asfalto (ruta) |
$ 771 - |
$ 925 - |
|
Km. por camino de tierra |
$ 828 - |
$ 993 - |
ARTÍCULO 2º: A efectos de la actualización prevista en el Artículo 1º, exceptúese el procedimiento previsto en el Artículo 29º de la Ordenanza Nº 8612 y modificatorias.
ARTÍCULO 3º: Deróguese la Ordenanza Nº 18.707.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO.
Registrada bajo el Nº 18892
REF: Asunto Nº 378/2025 Expte. Nº 2025/02779/00
Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)