Boletines/Tandil

Decreto Nº1948/2025

Decreto Nº 1948/2025

Tandil, 11/07/2025

Visto

Lo dictaminado por el Juzgado en lo Correccional N° 1 de Tandil en sentencia de fecha 30 de Junio de 2025, dictada en la causa N° 176/6070/2023 (IPP310/20) “Palahi Jorge Mauricio – Rey Hugo Daniel s/ Abuso Sexual".

Considerando

El Oficio de fecha 1° de Julio del corriente año, remitido por el Juzgado en lo Correccional N° 1 de Tandil a la Secretaría Legal y Técnica.

Que se ha expedido al respecto el Sr. Secretario Legal y Técnica, exponiendo: “Atento a lo dispuesto por la sentencia notificada con transcripción en el Oficio adjunto enviado por el Juzgado Correccional Nº 1 de Tandil, y sin perjuicio de lo que por derecho corresponda decretar en el sumario disciplinario al momento de dictarse la resolución definitiva –conf. art 257 y ccdtes del CCT 9/2019-; teniendo en consideración que la sentencia dictada el día 30 de Junio de 2025 (notificada a ésta Secretaria por Oficio el día 01/07/2025) dictada en virtud del resultado del proceso de juzgamiento, en el punto 5 de la parte resolutiva encomienda al área de legales de la Municipalidad de Tandil “…en principio y en forma inmediata la desafectación de los Señores Rey Hugo Daniel y Palahi Jorge Mauricio como empleados de los Juzgados de Falta Nº1 y Nº 2 locales respectivamente, y su traslado a otra área municipal”, y que dicho requerimiento emanado del Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 1 de Tandil a entender del suscripto corresponde que sea tratado de inmediato por la Administración Municipal, se solicita dispongan el cese de funciones del Sr. Hugo Daniel Rey (legajo Nº 7693) y del Sr. Jorge Mauricio Palahi (Leg. Nº 9.087) en los Juzgados de Faltas ordenándose la inmediata reubicación de los mismos en otras áreas municipales distintas de los Juzgados de Faltas Nº 1 y Nº 2, manteniendo condiciones de revista que actualmente poseen. La medida antedicha deberá mantenerse hasta tanto se emita pronunciamiento firme en la causa penal y resolución definitiva en las actuaciones administrativas, y en caso de no resultar posible su reubicación deberá disponerse al menos la cesación las tareas que actualmente cumplen dando cumplimiento a la medida.

La existencia del pronunciamiento judicial que en primera instancia en virtud de la prueba producida y valorada en el proceso condenó el día 30/06/2025 a los agentes municipales sumariados Sr. Hugo Daniel Rey (legajo Nº 7693) y Sr. Jorge Mauricio Palahi (Leg. Nº 9.087) como autores penalmente responsables del delito de abuso sexual simple (arts 119 primer párrafo y 20 bis párrafo final del Cod. Penal de la Nación), sin perjuicio de que pudiera ser objeto de Recurso por éstos últimos, contiene además de la condena individual para cada uno de ellos una medida jurisdiccional que tiene como fin resguardar y proteger la integridad de aquellas mujeres que actualmente se desempeñaban en el ámbito de los Juzgados de Faltas y que habrían rendido testimonio en la causa citada dando cuenta de hechos calificables como de violencia de género; y también la prohibición a los agentes mencionados de contacto con la víctima y de acercamiento a su domicilio, lugar de trabajo, de estudio y espacios recreativos, como también por cualquier medio.

En tal sentido, es dable destacar que la sentencia dictada el día 30/06/2025 (notificada por Oficio el día 01/07/2025) emana de Juez competente en materia del fuero Correccional y Criminal de la ciudad de Tandil, Departamento Judicial de Azul; y que la encomendación de traslado de los agentes condenados a otro sector de la administración municipal (distinto de los Juzgados de Faltas Nº 1 y Nª 2 de la ciudad de Tandil) se encuentra vigente a partir de su notificación al Estado Municipal”.

Que se expedido la Dirección de Recursos Humanos.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Desafectase al Sr. Hugo Daniel Rey – Legajo: 7693- y Sr. Jorge Mauricio Palahi – Legajo:9027- de sus tareas/funciones en los Juzgados de Faltas N° 1 y N° 2 de Tandil –Secretaría Legal y Técnica- a partir del día 14 de Julio de 2025.

Artículo 2°: Establézcase la disponibilidad de los Sres. Hugo Daniel Rey – Legajo: 7693- y Jorge Mauricio Palahi – Legajo:9027- a partir del 14 de Julio de 2025, debiendo la Dirección de Recursos Humanos proceder a la reubicación laboral de los mismos, manteniendo su actual situación de revista, en otras Dependencias Municipales.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4°: Regístrese, notifíquese a los trabajadores Hugo Daniel Rey – Legajo: 7693- y Jorge Mauricio Palahi – Legajo:9027-, a los Juzgados de Faltas N° 1 y N° 2 de Tandil –Secretaría Legal y Técnica-, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                             Secretaría de Gobierno                         -                        Intendencia