Boletines/Tandil

Decreto Nº1942/2025

Decreto Nº 1942/2025

Tandil, 11/07/2025

Visto

El Concurso de Precios N° 67-03-25 “Arrendamiento del campo en Vela”; y

Considerando

Que el Artículo 7 del Pliego de Bases y Condiciones establece un canon locativo mínimo de 15 quintales de soja por hectárea, para el arrendamiento de un total de 52,4 hectáreas del campo de propiedad municipal.

Que en orden 10 consta el envío de las invitaciones para participar en el presente Concurso.

Que el día 30 de Junio de 2025 se ha llevado a cabo el Acto de Apertura, según consta en orden 13, habiendo cotizado una (1) de las firmas invitadas.

Que en orden 18 se expide la Comisión de Preadjudicación, la cual sugiere adjudicar el presente Concurso a la firma Wauthier Mirta Beatriz, en razón de que su oferta de 15 quintales de soja por hectárea, es equivalente al canon locativo mínimo exigido por el Pliego de Bases y Condiciones, se adecua a las exigencias del mismo y resulta la más conveniente y ventajosa para el erario municipal y la satisfacción del interés público que pretende dicho concurso.

Que resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Adjudícase el Concurso de Precios N° 67-03-25 “Arrendamiento del campo en Vela” a la firma Wauthier Mirta Beatriz - CUIT 27-05669116-8, por un canon de 15 quintales de soja por héctarea, resultando en la suma total equivalente a 786 quintales de soja por el total del lote (52,4 hectáreas).

Artículo 2º: El monto resultante según lo dispuesto en el artículo precedente será abonado en su totalidad al momento de la suscripción del contrato, según cotización de la soja en Puerto de Quequén, Bahia Blanca o la Bolsa de Comercio de Rosario, la que tenga mayor valuación, de acuerdo a lo establecido en el “Artículo 7 - Cánon Oficial – Forma de Pago" del Pliego de Bases y Condiciones.

Artículo 3º: El producido resultante se ingresará al Cálculo de Recursos vigente al Rubro 12.5.01.02 Alquiler Predio María Ignacia Vela Ordenanza N° 10977 y 11532.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Compras y Suministros, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                             Secretaría de Gobierno                         -                        Intendencia