Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº1067/2025

Decreto Nº 1067/2025

Benito Juarez, 23/07/2025

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “T” Nº 17/2025, lo solicitado por el Director de Turismo respecto la necesidad de adjudicar la concesión de uso para la explotación, equipamiento, conservación y mantenimiento del Establecimiento Hotelero, ubicado en calle Puerto Argentino y Ruta Prov. Nº 80 de la localidad de Villa Cacique/Barker partido de Benito Juárez, Provincia de Buenos Aires;

QUE de fojas 4 el Jefe de Compras informa que dado el monto al que asciende el presupuesto oficial se deberá realizar un llamado a Concurso Público de Antecedentes y adjunta el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones;

QUE a fojas 22 la Contadora Municipal informa que el Pliego de Bases y Condiciones cumple con los requisitos enunciados en la L.O.M. y en el Reglamento de Contabilidad;  

QUE a fs. 23 obra nota del Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda, prestando conformidad a lo actuado, mientras que a fs. 23 vta. el Jefe de compras informa número de Concurso Público de Antecedentes,  hora, fecha y lugar de apertura;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.-Llámese a LICITACION PUBLICA Nº 8/2025 para adjudicar la concesión de uso para la explotación, equipamiento, conservación y mantenimiento del Establecimiento Hotelero, ubicado en calle Puerto Argentino y Ruta Prov. Nº 80 de la localidad de Villa Cacique/Barker partido de Benito Juárez, Provincia de Buenos Aires.

 Artículo 2º.-El presupuesto oficial asciende a la suma de pesos setenta millones ochocientos cuarenta mil ochocientos veintitrés  ($ 70.840.823,00).

Artículo 3º.-La apertura de propuesta se realizará el día 20 de Agosto de 2025 a las  11 horas en la Oficina Compras de la Municipalidad de Benito Juárez sita en Mitre Nº 42.

Artículo 4º.- Publíquese por dos días en los siguientes medios:

  • Diario “El Fénix” Benito Juárez
  • Boletín Oficial de La Provincia de Buenos Aires

Artículo 5º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 6º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota  Compras, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Contaduría, Dirección de Presupuesto y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE GOBIERNO                                           

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 1067.-