Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1027/2025
Benito Juarez, 18/07/2025
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 45/2024 en el que la Directora de Juventud informa la necesidad de dar continuidad con el “Programa Municipal de Capacitación de Promotores Ambientales”, que se realizó en el mes de Junio del corriente año; y
Considerando
que a fs. 94 obra listado definitivo de promotores ambientales que percibirán la mencionada beca de pesos ciento ochenta mil ($180.000,00) por el mes de Julio del 2025;
QUE a fs. 95 obra la respectiva imputación contable;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Disponese el pago de BECAS ambientales, en el marco del “Programa Municipal de Capacitación de Promotores Ambientales”, debiendo tenerse en cuenta el siguiente listado de beneficiarios y fijarse el importe total de pesos ciento ochenta mil ($180.000,00) por el mes de Julio del 2025, para cada becario:
PROMOTOR | AUTORIZADO AL COBRO |
GASTESI HERNANDEZ AGUSTINA | GASTESI PEDRO ANTONIO D.N.I. 18.490.440 |
MENNA LUCERO IARA MAITEN | MENNA EDUARDO HORACIO D.N.I. 18.490.446 |
MERLINO MEDER YAMILA ALEJANDRA | MERLINO MEDER YAMILA ALEJANDRA D.N.I. 40.289.390 |
MORALES TRIANA | MORALES TRIANA D.N.I. 46.560.001 |
PEREZ ZACARIAS JOAQUIN | PEREZ ZACARIAS JOAQUIN D.N.I. 47.564.078 |
RAMIREZ BRENDA NICOLE | BORGONOVO DANIEL OMAR D.N.I. 20.502.830 |
RINOMO TOBIAS | TOBIAS RINOMO D.N.I. 42.342.744 |
MONTERO BENJAMIN | BRAVO DIAZ, NATALIA PAOLA D.N.I. 30.034.707 |
Artículo 2º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 3º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, de Gobierno, Contaduría, Jefatura de Gabinete y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1027.-