Boletines/Ramallo
Decreto Nº 171/2025
Ramallo, 06/03/2025
Modifica Cajas Chicas
Visto
Los DECRETOS Nº 033/25, 034/25, 035/25 y 049/25, referente a la creación de CAJAS CHICAS; y
Considerando
Que resulta necesario realizar modificaciones a los mencionados decretos en el visto del presente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RAMALLO QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Modifíquese el ARTÍCULO 3º) del DECRETO 033/25, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-). Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos, s/ lo establecido por Decreto Nº 484/18 y su modificatoria Decreto Nº 027/24 – ARTÌCULO 4º)”.
ARTÍCULO 2º) Modifíquese el ARTÍCULO 3º) del DECRETO Nº 034/25, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-). Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos, s/ lo establecido por Decreto Nº 484/18 y su modificatoria Decreto Nº 027/24 – ARTÌCULO 4º)”.
ARTÍCULO 3º) Modifíquese el ARTÍCULO 2º) del DECRETO Nº 035/25, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-). Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos, s/ lo establecido por Decreto Nº 484/18 y su modificatoria Decreto Nº 027/24 – ARTÌCULO 4º)”.
ARTÍCULO 4º) Modifíquese el ARTÍCULO 3º) del DECRETO Nº 049/25, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-). Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos, s/ lo establecido por Decreto Nº 484/18 y su modificatoria Decreto Nº 027/24 – ARTÌCULO 4º).
ARTÍCULO 5º) Comuníquese a Dirección de Tesorería, Dirección de Contaduría, tome razón las distintas Dependencias Municipales y remítase copia del presente a la Delegación Zonal respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas, cumplido dese al Libro de Decretos.
Mauro David Poletti, Intendente Municipal de Ramallo
Leandro Marcelo Torri, Secretario de Obras y Servicios Públicos - Municipalidad de Ramallo