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Ordenanza Nº12984/18

Ordenanza Nº 12984/18

Quilmes, 29/08/2018

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-18266-S-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12984/18 en la Sesión Ordinaria del día 15 de Agosto de 2018, que dice:

VISTO

             El Expediente Nº 4091-18266-S-17, Ref.: Que por el presente Expediente la Subsecretaría de Derechos Humanos puso en conocimiento que receptó las gestiones llevadas a cabo por el Centro de Veteranos del Canal de Beagle, con domicilio legal en Gral. Bernardo O´Higgins Nº 3886 de la Localidad de Ezpeleta Oeste, Partido de Quilmes; en las que solicitan que se establezca el día 22 de Diciembre de cada año como “Día del Veterano del Conflicto del Canal de Beagle”, en conmemoración a los soldados convocados y movilizados por el Conflicto del Canal de Beagle, clases 1958, 1959 y 1960, y

                  

CONSIDERANDO:

                              Que se conoce como Conflicto del Canal de Beagle al desacuerdo entre la República Argentina y la República de Chile sobre la determinación de la traza de la boca oriental del Canal de Beagle, donde afectaba la soberanía de las islas ubicadas dentro y al sur del canal, y al este del meridiano del Cabo de Hornos, como también a los espacios marítimos adyacentes.

                              Que son importantes los hechos acaecidos en torno al Conflicto del Canal de Beagle mantenido con la República de Chile a fines de los años setenta e inicios de los ochenta en nuestra Nación, así como la lucha sostenida desde entonces por los Veteranos Argentinos protagonistas del mismo.

                              Que los primeros antecedentes del conflicto datan de 1888, siete años posteriores de concluirse la firma del Tratado de Límites, y en 1901 donde apareció el primer mapa argentino en el que algunas de las islas en cuestión fueron dibujadas bajo soberanía Argentina, más allá de su pequeño tamaño, la importancia de las mismas se centra en su valor estratégico por su ubicación entre los Océanos Atlántico y Pacífico, originando un largo conflicto entre ambas naciones sudamericanas durante gran parte del Siglo XX.                          

                              Que el conflicto se centró en la disputa por la soberanía de las islas e islotes íntegramente ubicados en el denominado "Martillo del Laudo", el cual comprende un polígono definido en el Compromiso de Arbitraje que ambas naciones firmaron en el año 1971, en el que se encuentran ubicadas las islas Picton, Nueva, Lennox, Gratil, Augustus, Snipe, Bacasses, Gable y otros islotes. A razón de este compromiso, se acordó someter la resolución de la disputa a la decisión de una corte arbitral que debía dar a conocer su fallo al gobierno del Reino Unido, siendo éste el árbitro formal, cuyo laudo arbitral  pronunciado  en  el  año  1977  otorgó  aguas navegables en el Canal de Beagle a ambos países, y la mayor parte de las islas junto a los derechos oceánicos generados a partir de éstas a Chile, siendo esta resolución rechazada por el gobierno militar argentino, declarándolo "insanablemente nulo", a su vez reactivó reclamaciones hasta el Cabo de Hornos, incluyendo en la disputa a parte de las islas Wollaston y de las islas Hermite (integrando las islas Evout, Barnevelt, Freycinet, Terhalten, Sesambre, Deceit e islotes adyacentes) y la parte oriental de la Isla de Hornos, situando a ambos países al borde de una guerra.                                

                              Que el conflicto fue creciendo entre ambas naciones sin tener acuerdos o algún tipo de entendimiento, a razón de ello las Fuerzas Armadas de la República Argentina iniciaron instrucciones más rigurosas de carácter bélico, como así también ensayos preventivos para acciones de guerra a fines de promover la defensa nacional. Posteriormente, en el segundo semestre del año 1978 el Poder Ejecutivo Nacional Argentino decretó la convocatoria a movilización para realizar tareas centradas en defensa de la Soberanía Nacional mediante el Decreto Nº 2.348/78, tanto para el personal instruido como Reserva Nacional, reconvocando a la clase 1958 y a integrantes específicos de otras clases por su preparación estratégica, como así también afectando a las clases vigentes de ese año convocadas por la Ley Nº 17.531 de Servicio Militar Obligatorio, para poner en marcha el Operativo Soberanía, creándose el 20 de Diciembre de 1978 el Decreto Nº 3.044/78 de carácter "Secreto y Reservado", estableciéndose cuatro Teatros de Operaciones, siendo denominados como Teatro de Operaciones Noroeste (TONO), Teatro de Operaciones Sud (TOS), Seguridad Estratégica del Noroeste (SENE) y Área Naval Estratégica Austral (ANEA).                             

                              Que el citado conflicto llegó a su punto culminante el 22 de Diciembre de 1978 cuando las Fuerzas Armadas de Argentina se dispusieron a ocupar las Islas en disputa. El fuerte temporal a lo largo de toda la cordillera retrasó los avances, dejando incompletos a tramos que ya se habían iniciado, conjuntamente la Junta Militar aceptó la intervención de un mediador por medio del Papa Juan Pablo II, evitándose la guerra, que condujo a una mediación que llevó a la firma del Tratado de Paz y Amistad, celebrado el 29 de Noviembre de 1984, dando solución al conflicto tras más de dos tercios de Siglo de disputa. A través de una consulta popular, el gobierno ratificó el tratado, al igual que el gobierno chileno.

                              Que los Veteranos del Canal de Beagle de nuestro Municipio recibieron la Declaración de Interés Municipal por haber custodiado la Soberanía Nacional en el conflicto anteriormente citado, como así también las actividades sociales desarrolladas en el Distrito con Nº 4.105/11. Que a fines de homenaje y reconocimiento histórico el Honorable Concejo Deliberante local aprobó la colocación de una placa en el Palacio Municipal mediante la Resolución Nº 12.885/12.

                              Que el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Puerto Rico, Cabecera del Departamento Libertador General San Martín, Provincia de Misiones, sancionó la Declaración Nº 60/16, estableciendo el "Día del Veterano del conflicto del Canal de Beagle", al día  22 de Diciembre de cada año.

                              Que la Asesoría Letrada de nuestro Municipio consideró "que no existiría objeción jurídica alguna que formular al requerimiento incoado por el Centro de Veteranos del Canal de Beagle de Quilmes" en donde se emitió dictamen sobre la procedencia de establecer el día 22 de Diciembre de cada año como "Día del Veterano del Conflicto del Canal de Beagle", por medio del Dictamen Nº 1094 de fecha 16 de Noviembre de 2017.

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

 

ARTICULO   1º:   ESTABLÉCESE el BENEPLÁCITO de este Honorable Concejo Deliberante por el DÍA DEL VETERANO DEL CONFLICTO DEL CANAL DE BEAGLE, en homenaje a los ex soldados de nuestra Ciudad involucrados en dicho conflicto, a recordarse los días 22 de Diciembre de cada año, basado en los antecedentes mencionados en los Considerandos de la presente Ordenanza.

ARTICULO   2º:   FACULTASE al Departamento Ejecutivo a arbitrar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.

ARTICULO   3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al  Registro General y ARCHIVESE.

 

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

         Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO   1º:   PROMULGASE la Ordenanza N° 12984/18  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 15 de Agosto de 2018.-

ARTICULO   2º:   DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

DR. IGNACIO C. ALBERTO                                       MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                                 INTENDENTE

DECRETO Nº 3711/2018.-