Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº112

Resolución Nº 112

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 01/07/2025

VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y,

CONSIDERANDO;

Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.

Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.

Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º: Ampliar, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, la jornada horaria a treinta y cinco (35) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo I que se aprueba y forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 2º: Ampliar, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, a cuarenta (40) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo II que se aprueba y forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 3º: Ampliar, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, a cuarenta y cuatro (44) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo III que se aprueba y forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 4º: Dejar constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana.

ARTICULO 5º: Dejar constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de los agentes.

ARTICULO 6º: Hacer saber a cada una de las dependencias involucradas que deberán informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumplimento de la jornada prolongada de los agentes mencionados anteriormente.

ARTICULO 7º: El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110126000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.3, 1.1.1.5,.

ARTICULO 8º: Cúmplir, notificar, tomar nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, dar al R.O.. Hecho: ARCHIVAR.

 

ANEXO I – JORNADA DE 35 HORAS

LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE NRO. OFICINA
17298 ORTIZ MOREYRA MARIA CELESTE 138

 

 

ANEXO II – JORNADA DE 40 HORAS

LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE NRO. OFICINA
17312 SAVINO DAMIAN ANDRES 138

 

ANEXO III – JORNADA DE 48 HORAS

LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE NRO. OFICINA
16736 BASILI REMUNDINI JUAN ANTONIO 138
17299 HAMER SAMIRA NADIR 138