Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 112
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 01/07/2025
VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y,
CONSIDERANDO;
Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.
Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Ampliar, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, la jornada horaria a treinta y cinco (35) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo I que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º: Ampliar, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, a cuarenta (40) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo II que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3º: Ampliar, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del 2025, a cuarenta y cuatro (44) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo III que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 4º: Dejar constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana.
ARTICULO 5º: Dejar constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de los agentes.
ARTICULO 6º: Hacer saber a cada una de las dependencias involucradas que deberán informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumplimento de la jornada prolongada de los agentes mencionados anteriormente.
ARTICULO 7º: El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110126000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.3, 1.1.1.5,.
ARTICULO 8º: Cúmplir, notificar, tomar nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, dar al R.O.. Hecho: ARCHIVAR.
ANEXO I – JORNADA DE 35 HORAS
LEGAJO | APELLIDO Y NOMBRE | NRO. OFICINA |
17298 | ORTIZ MOREYRA MARIA CELESTE | 138 |
ANEXO II – JORNADA DE 40 HORAS
LEGAJO | APELLIDO Y NOMBRE | NRO. OFICINA |
17312 | SAVINO DAMIAN ANDRES | 138 |
ANEXO III – JORNADA DE 48 HORAS
LEGAJO | APELLIDO Y NOMBRE | NRO. OFICINA |
16736 | BASILI REMUNDINI JUAN ANTONIO | 138 |
17299 | HAMER SAMIRA NADIR | 138 |