Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº371

Decreto Nº 371

Exaltación de la Cruz, 24/06/2025

Habilitacion Comercial Zentner- servicios para el automotor

Visto

               La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el expediente Administrativo N° 4036-16433/2004 a nombre de Zentner Gregorio, y;

Considerando

Que por el expediente administrativo de referencia tramitá la Habilitación Municipal del Sr. Zentner Gregorio, CUIT: 20-1097955-5 para un comercio de “SERVICIOS PARA EL AUTOMOTOR TIPO II”, ubicado en el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción IV, Sección F, Mza.;31, Parcela 11 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz;

            Que la habilitación fue otorgada en el rubro: “SERVICIOS PARA EL AUTOMOTOR TIPO II” para el código de actividad AFIP “MANTENIMIENTO Y REPARACION DEL MOTOR NCP, MECANICA INTEGRAL (INCLUYE AUXILIO Y SERVICIOS DE GRUA PARA AUTOMOTORES”;

            Que el solicitante ha iniciado los trámites para la renovación de dicha habilitación y ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la misma;

             Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Habilitaciones Comerciales corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por renovación por el término de cincuenta y seis (56) meses en el rubro referenciado a partir del 01 de junio del corriente año con vencimiento el día 31 de enero de 2030.-

             Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1°

CONCEDASE Habilitación Municipal por el término de cincuenta y seis (56) MESES a favor de Zentner Gregorio, CUIT: 20-1097955-5 para un comercio de “SERVICIOS PARA EL AUTOMOTOR TIPO II” ubicado en el inmueble identificado catastralmente como, Circunscripción IV, Sección F, Mza.;31, Parcela 11 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, según expediente administrativo N°4036-16433/2004, a partir del día 01 DE JUNIO DEL 2025 venciendo la misma el día 31 DE ENERO DE 2030.-

Artículo 2°

La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las disposiciones vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida y/o alterada respecto al rubro. -

Artículo 3°

Autorízase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”. -

Artículo 4°

El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno.

Artículo 5°

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. -