Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 485/25
Publicado en versión extractada
Carlos Tejedor, 07/02/2025
VISTO:
La Ordenanza N° 2925/24; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada norma legal incorpora en su Artículo 9 BIS, el adicional por falla de caja entendido como un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas a los agentes Municipales que prestan servicios de cajeros y/o recaudadores, es decir, al personal afectado a la recepción y manejo de fondos provenientes de terceros.
Que dicho adicional se calcula sobre el sueldo inicial, salario básico, mensualmente, manteniendo su individualidad sobre éste.
Que este adicional tiene una doble naturaleza jurídica, es una contraprestación que recibe el empleado como consecuencia de su trabajo, y es una compensación de carácter complementario.
Que, en tal sentido, a efectos de concretar el pago del adicional es menester identificar los agentes que efectivamente cumplen con esas actividades específicas;
Que, ello hace necesario el dictado de la correspondiente norma legal;
Por ello:
LA INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTICULO 1°: Establézcase y liquídese, a partir del 1° de Enero de 2025, el adicional compensación mensual por “fallo de caja” en los términos del Art. 9 BIS de la Ordenanza n° 2925/24 a los siguientes Agentes Municipales que se encuentran afectados a las tareas específicas que implican una responsabilidad y exigencia excepcional, y que en tal sentido, corresponde otorgarle dicha bonificación:
1.- A la Agente Municipal LISARAZO NORA GLADYS, DNI N° 17.827.912, Legajo Personal N° 1038 Tesorero Municipal en el 50% (CINCUENTA por ciento) de su sueldo básico.
2.- A la Agente Municipal MONTE MARIA PAMELA, DNI 21.973.690, Legajo Personal N° 1227 Jefe de Guías en el 30% (TREINTA por ciento) de su sueldo básico.
3.- A la Agente Municipal SERACI EVANGELINA, DNI 25.951.825, Legajo Personal N° 1548 Jefe de Recaudación en el 30% (TREINTA por ciento) de su sueldo básico.
4.- Al Agente Municipal SERAFINI ROSA DEL CARMEN, DNI 11.533.009, Legajo Personal N° 1161 a cargo de la cobranza de impuestos en la Delegacion de Tres Algarrobos en el 10% (diez por ciento) de su sueldo básico.
5.- Al Agente Municipal FERNANDEZ HORACIO ABEL, DNI 27.852.129, Legajo Personal N° 1650 a cargo de la cobranza de impuestos en la Delegación de Timote en el 10% (diez por ciento) de su sueldo básico.
6.- Al Agente Municipal PEÑA MARIA ELENA, DNI 13.287.248, Legajo Personal N° 1413 a cargo de la cobranza de impuestos en la Delegación de Colonia Seré en el 10% (diez por ciento) de su sueldo básico.
7.- Al Agente Municipal BUSTO CARLOS MARIA, DNI 29.073.274, Legajo Personal N° 3017 a cargo de la cobranza de impuestos en la Delegación de Curaru en el 10% (diez por ciento) de su sueldo básico.
8.- Al Agente Municipal BENTANCOUR MARCOS LUCIANO, DNI N° 32.837.463, Legajo Personal N° 2177 Personal de la Tesorería Municipal en el 30% (TREINTA por ciento) de su sueldo básico.
9.- Al Agente Municipal URDANGARIN IMANOL, DNI N° 42.345.195, Legajo Personal N° 2794 Personal de la Tesorería Municipal en el 10% (DIEZ por ciento) de su sueldo básico.
10.- Al Agente Municipal CAÑIBANO FRANCISCA ELIZABETH, DNI N° 45.810.953, Legajo Personal N° 3224 Personal de la Tesorería Municipal en el 10% (DIEZ por ciento) de su sueldo básico.
11.- Al Agente Municipal BENAVIDES ELIDA ROSA, DNI N° 26.820.161, Legajo Personal N° 2068 Personal de la Oficina de Guías Municipal en el 10% (DIEZ por ciento) de su sueldo básico.
12.- Al Agente Municipal PALUDI LAZARO SHARON BEATRIZ, DNI N° 36.741.730, Legajo Personal N° 2974 Personal de la Oficina de Recaudación Municipal en el 10% (DIEZ por ciento) de su sueldo básico.
ARTICULO 2°: El adicional compensación mensual por “fallo de Caja” otorgadas mediante este Decreto se harán efectivas a partir del 1º de junio de 2.023.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Personal, dése al Registro Oficial y archívese.