Boletines/Pergamino
Decreto Nº 1730-2025
Publicado en versión extractada
Pergamino, 23/06/2025
Municipalidad de Pergamino
2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina
Decreto Número: DECTO-2025-1730-E-PER-INT
Pergamino, Miércoles 28 de Mayo de 2025
Referencia: DECLARACION DE INTERES MUNICIPAL ORGANIZADA POR Escuela de Educación Secundaria N.º 15 “María Eva Duarte” EX-2025-00115659- -PER-MEI#SGO
VISTO:
La nota presentada por la Asociación Atlética Pergamino, mediante la cual se solicita se declare de Interés Municipal una correcaminata dirigida a la comunidad, organizada por el equipo de Educación Física de la Escuela de Educación Secundaria N.º 15 “María Eva Duarte” de nuestra ciudad, a realizarse el día 24 de agosto del corriente año, cuyo recorrido se desarrollará por inmediaciones del establecimiento escolar; y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo de dicha actividad es fomentar la actividad física, los hábitos saludables y la participación comunitaria, en concordancia con los ejes de promoción de la salud y el deporte impulsados desde el Municipio.
Que la iniciativa nace del equipo docente de la institución educativa organizadora, involucrando activamente a los estudiantes y familias en la construcción de un espacio de convivencia y bienestar.
Que la correcaminata será fiscalizada por la Asociación Atlética Pergamino, entidad de reconocida experiencia en la organización de eventos deportivos en la ciudad.
Que se ha solicitado colaboración municipal, a través del servicio de sonido y la presencia de personal de inspección para el ordenamiento de la circulación vehicular en el trayecto que oportunamente será informado por la organización.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PERGAMINO, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la correcaminata organizada por el equipo de Educación Física de la Escuela de Educación Secundaria N.º 15 “María Eva Duarte” de la ciudad de Pergamino, a realizarse el día 24 de agosto de 2025, cuyo recorrido se desarrollará por las inmediaciones del establecimiento educativo, con fiscalización a cargo de la Asociación Atlética Pergamino.
ARTÍCULO 2º: Los gastos que, en caso de corresponder, surjan de la organización y ejecución del evento serán afrontados con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, publíquese, gírese a la Subsecretaría de Deportes, a la Dirección de Comunicación y Prensa, y archívese.
Firmantes: Paolo Gaspar Bonanno -Secretario de Desarrollo Social -Intendencia
Javier Arturo Martinez - Intendente - Intendencia