Boletines/Puan

Ordenanza Nº8166/25

Ordenanza Nº 8166/25

Puan, 28/05/2025

Corresponde a Expediente N° 13070/03

 

ORDENANZA

VISTO: La facultad dada por la Ordenanza N° 3228/04 y sus modificatorias para celebrar convenios con las diferentes Cooperativas del Distrito; y

CONSIDERANDO: Que, a partir de ello, se retoman las negociaciones con las mismas suscribiendo nuevos acuerdos por el término de dos años, con renovación automática, restableciendo las condiciones del mantenimiento del alumbrado público de las localidades de Puan, Darregueira, Villa Iris, Bordenave , Felipe Solá, anexando a la Cooperativa Eléctrica y Anexos Ltda., de San Germán a la nómina precedente. Que, por Ordenanza Nº 7869/23 se homologa el contrato de concesión de Alumbrado Público y gastos de mantenimiento y rendición con la Cooperativa de Electricidad y Otros Servicios Públicos de Azopardo Ltda. (CERAL), por lo cual se hace necesario modificar dicho contrato.  Que las concesiones se encuadran en lo establecido en el artículo 108º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. POR ELLO: el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

 O R D E N A N Z A  N° 8 1 6 6 / 2 5

ARTÍCULO 1°.- Se homologan los Convenios de Concesión, con sus respectivos anexos, suscriptos con las cooperativas que a continuación se detallan, vigentes a partir del ejercicio 2025, por el cual dichas entidades instrumentan la percepción y rendición de la Tasa por Alumbrado Público, y gastos de mantenimiento y rendición, los cuales, como anexo, forman parte de la presente: 

  1. COOPERATIVA DE SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS DE LTDA. DE PUAN (CSyOP);
  2. COOPERATIVA DE SERVICIOS ELECTRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS ASISTENCIALES Y CREDITO VIVIENDA Y CONSUMO DE DARREGUEIRA LTDA (CELDA),
  3. COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y CRÉDITO DE VILLA IRIS LTDA. (CELVI);
  4. COOPERATIVA LTDA. DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS DE BORDENAVE (COELBOR),
  5. COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE FELIPE SOLÁ LTDA.
  6. COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE AZOPARDO LTDA. (CERAL).
  7. COOPERATIVA ELECTRICA Y ANEXOS LIMITADA DE SAN GERMÁN.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos y cumplido, archívese.- 

APROBADA POR UNANIMIDAD DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO

GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. C. LISANDRO KOLLER,  Presidente