Boletines/San Vicente

Decreto Nº1232

Decreto Nº 1232

San Vicente, 25/06/2025

Visto

El Expte. Nº 4108-I-5411-2025-00, por medio del cual tramita el Concurso de Precios Nº 23/2025, “por la adquisición de arena especial destinada a canchas de  vóley, areneros y enmendar canchas de  futbol del complejo Municipal Padre  Mugica”, y;

Considerando

Que es oportuno hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Compras, en cuanto al llamado a Concurso de Precios Nº 23/2025, “por la adquisición de arena especial destinada a canchas de  vóley, areneros y enmendar canchas de  futbol del complejo Municipal Padre  Mugica”;
Que se agrega el Pliego de Bases y Condiciones relacionado con el presente Concurso de Precios;
Que este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para la sanción del presente, a partir de lo normado en el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades);
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello,
 

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:     Autorízase a la Dirección General de Compras al llamado a Concurso de Precios Nº 23/2025, “por la adquisición de arena especial destinada a canchas de  vóley, areneros y enmendar canchas de  futbol del complejo Municipal Padre  Mugica”.
ARTÍCULO 2°:     Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones del presente Concurso de Precios.
ARTÍCULO 3°:     El presupuesto oficial por el presente Concurso de Precios asciende a la suma de pesos veintiséis millones doscientos noventa y ocho mil seiscientos con 00/100 ($26.298.600,00).
ARTÍCULO    4°:     Las propuestas de este Concurso de Precios serán abiertas en las dependencias de la Dirección General de Compras de esta Municipalidad el día 3 de julio de 2025, a las 13:00 hs.
ARTÍCULO    5°:    El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110131000 -  Secretaría de Cultura y Deporte. Unidad Ejecutora: 42 – Secretario de Cultura y Deporte. Dependencia: 176 – Secretaría de Cultura y Deporte. Fuente de Financiamiento: 132 – De Origen Provincial.
ARTÍCULO    6°:     El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.
ARTÍCULO 7°:     Regístrese, comuníquese, archívese.