Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14304/2025
Quilmes, 01/07/2025
VISTO: el Expediente Nº 4091-11876-A-2024 ALC. 1 Agdo. al 4091-11876-A-2024; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14'.304/2025 en la Sesión Ordinaria del día 24 de Junio del 2025, cuyo texto expresa:
VISTO:
Los Expedientes Nº 4091-11876"'.A-2024 AG. Expediente Nº 4091-11876-A-2024 Alc 1. Ref.: Que el Expediente Nº 4091-12090-R-12 posee vencimiento de la prórroga de concesión, en junio de 2017, del recorrido de la línea Nº 5F34 de transporte público de pasajero, perteneciente a la Empresa MICRO OMNIBUS QUILMES S.A.C.I y F. otorgada en su oportunidad por Ordenanza Nº 5802/87 y prorrogada por Ordenanza Nº 9976/04 y prorrogada por Ordenanza Nº 11887/12, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario encuadrar dentro del marco de la legalidad, la continuidad de la explotación del referido Servicio Público, preservando la fuente laboral de los trabajadores, como asimismo la correcta y debida percepción por parte del Municipio de las Tasas, Derechos y/o Contribuciones Municipales que corresponden.
Que la normativa legal aplicable en esta materia esta daba por la Ley 7466/69, Decreto Ley Nº 16378/57, su reglamentación y modificatorias y la Ordenanza· local Nº 2658/60 en aquellos aspectos que no se opongan a las normas previamente citadas.
Que la Ley Provincial Nº 7466 del 14 de febrero de 1969, en su Artículo 1º: textualmente expresa; "El transporte colectivo de pasajeros que se realiza dentro de los límites territoriales de cada partido de la Provincia de Buenos Aires, es un servicio público de Municipalidad correspondiente y su organización y prestación se regirá por las disposiciones de la presente Ley".
Que el Artículo 3° expresa "Cada Municipalidad en el otorgamiento para el establecimiento de nuevas líneas de transporte, en la modificación de los recorridos existentes, así como en la utilización, ejercicios y fiscalización de los servicios de su competencia aplicará las normas establecidas en el Capítulo VII, Artículos 230° a 239° inclusive, de la Ley Orgánica Municipal y las disposiciones de la Ley Orgánica del transporte de Pasajeros de la Provincia de Buenos Aires (Decreto Ley Nº 16378/57) su reglamentación y modificaciones".
Que a su vez el Artículo 14º del Decreto Ley Nº 16378/57 y sus modificatoria, expresa: "La explotación de los servicios de otorgará en concesión por el termino de 10 años, cumpliendo a su vencimiento acordarse prórrogas por uno o más plazos iguales se el Poder Ejecutivo lo estimase conveniente "
EL HONORABLE CONCEJO DJLIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 14304/2025
ARTICULO 1°: PRORROGASE por el término de diez (10) años, la concesión otorgada por Ordenanza Nº 5802/87 y prorrogada por Ordenanza Nº 9976/04 y prorrogada por ordenanza Nº 11887/12 a la Empresa MICRO OMNIBUS QUILMES S.A.C.I. y F., del Servicio Público del Transporte Colectivo de Pasajeros Comunal (Línea Nº 584), a partir del día 17 de junio de 2017, conforme lo dispuesto por el A tículo 3° de la Ley Nº 7466/69, Artículo 14° del Decreto Ley Nº 16378/57 y sus niodificatorias.
ARTICULO 2°: APRUEBASE ell recorrido que a continuación se detalla, RAMAL1:
SALIDA: Raúl Sessa y San Marbos, Montevideo, calle 174, Los Andes, Miguel A. Mauriño, Montevideo, Viejo Bueno, Comandante Franco, Luis María Campos, Av. Zapiola, Av. Dardo Rocha, Lamadrid, Condarco, Rep. del Líbano, Vicente López, Rodolfo López, Aristóbulo del Valle, Intendente Olivieri, Paso Bajo Nivel, H. Yrigoyen, Alsina, Gaboto, Rivadalvia, H. Yrigoyen, Garibaldi, Alvear, Primera Junta, Av. Mitre, Salta, Sarmiento, Laguarda, Pringles, Salta, Río Desaguadero, Laguarda, Río Negro, Esquel, IRío Salado, Santiago del Estero, H. Yrigoyen,Esquel, Cuenca, Av. Florencia Varela, Paso a Nivel, Av. Florencia Varela, CABECERA, Av. Florencia Varela, Av. Calchaquí.
EGRESO: Av. Florencia Varela, Av. Calchaquí, Av. Florencia Varela, Calle 137, Calle 1, Calle 138, Av. San Martin, Paso Bajo Nivel, Río Gallegos, Brown, Esquel, Río Negro, Laguarda, Rio Desf3.guadero, Salta, Pringles, Laguarda, Av. Mitre, Alsina, H. Yrigoyen, Alsina, Galhoto, Videla, H. Yrigoyen,, Paso Bajo Nivel, San Luis, Vicente López, Rep. del Líbano, Condarco, Lamadrid, Av. Dardo Rocha, Av. Zapiola, Smith, Montevideo, MigJel A. Mauriño, Los Andes, Calle 174, Montevideo, Raúl Sessa, CABECERA, Raúl Sessa, San Marcos.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda, dése al Registro, General y ARCHÍVESE.
QUILMES, 24 de Junio de 2025.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHEJ Presidenta del H.C.D.·
Dra. EDITH O. LLANOS, Secret¡ria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº¡6.769/58 y modificatorias vigentes);
y Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.304/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 24 de Junio de 2025.-ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º: DÉSE al Regristro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Decreto Nº 1887/2025