Boletines/Rauch
Decreto Nº 398/25
Rauch, 20/05/2025
Visto
El Convenio de Cooperación para Garantizar el Transporte Escolar, suscripto entre la Municipalidad de Rauch y el Consejo Escolar de Rauch.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que el Consejo Escolar de Rauch se ha visto en la necesidad de proceder a la contratación de recorridos adicionales con el objetivo de garantizar la presencialidad de los alumnos en aquellos establecimientos educativos cuya infraestructura y ubicación dificultan la asistencia regular de los estudiantes, especialmente en zonas rurales del distrito.
Que, a través del Convenio mencionado en los vistos, la Municipalidad de Rauch se compromete a realizar al Consejo Escolar de Rauch un aporte equivalente al 100% de los fondos necesarios para afrontar el pago mensual del servicio de transporte escolar en el Partido de Rauch, correspondiente al período de febrero de 2025, por un monto de pesos cuatro millones quinientos ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y nueve con 51/100 centavos ($4.587.659,51), y un proporcional correspondiente al mes de marzo por pesos quinientos seis mil quinientos ochenta con 89/100 centavos ($506.580,89). Dicho compromiso se fundamenta en la falta de transferencia en tiempo y forma, por parte del organismo competente, la Dirección de Logística de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, de los fondos destinados a tal fin, situación que ha provocado un retraso en la cadena de pagos hacia los prestadores del servicio, y como consecuencia directa, la suspensión de las prestaciones por parte de los contratistas, hasta tanto se regularice la deuda mencionada.
Asimismo, el Consejo Escolar de Rauch asume el compromiso de reintegrar a la Municipalidad los fondos percibidos en concepto de anticipo, una vez que la Dirección General de Cultura y Educación efectúe la transferencia de recursos provenientes del “Fondo de Descentralización de la Gestión Administrativa”, destinados al servicio de transporte escolar.
Que, en virtud de lo expuesto, se considera necesario otorgar un subsidio al Consejo Escolar de Rauch a fin de complementar la financiación dispuesta por la Dirección General de Cultura y Educación, en atención a que las políticas educativas orientadas al ámbito rural tienen una especial relevancia para dar respuesta a las necesidades de la población estudiantil rural.
Que como es sabido, la Educación Rural es una alternativa que brinda la oportunidad para que niños, niñas, jóvenes y adultos se beneficien del Sistema Educativo en los niveles de Educación Preescolar, Educación Primaria y Educación Secundaria.
Que el Ejecutivo Municipal dentro de sus ejes de gestión tiene el compromiso de trabajar en forma mancomunada a los fines de garantizar la continuidad pedagógica de los alumnos del distrito y en este sentido viene trabajando desde ya hace un tiempo, otorgando diversas colaboraciones para garantizar el inicio de los ciclos lectivos.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Conceder un aporte financiero reintegrable, a favor del Consejo Escolar de Rauch, destinado a solventar parte del Transporte Escolar Rural, por un importe de pesos cinco millones noventa y cuatro mil doscientos cuarenta con 40/100 centavos ($ 5.094.240,40), siendo su responsable de cobro el Consejo Escolar de Rauch, que será depositado en la cuenta bancaria, perteneciente a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS CUIT: 30-62739371-3, N° de cuenta 63880102140, CBU 0140307501638801021400 en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos detallados.-
Artículo 2do.- Imputar el presente gasto a la JURISDICCION: 1110118000 Secretaria de Desarrollo Humano y Familiar. Unidad Ejecutora: Educación. PROGRAMA: 46.04.00 Educación. IMPUTACION DE GASTO: 6.2.3.1. Anticipos al Consejo Escolar de Rauch. FONDO FINANCIAMENTO EDUCATIVO 11.902.00.-
Artículo 3ro.- El monto indicado en el artículo precedente deberá ser restituido, una vez percibidos los fondos por parte de la Dirección General de Cultura y Educación. Si la restitución se efectúa durante el ejercicio en curso, la Oficina Técnico Contable emitirá la correspondiente orden de reintegro a la orden de pago respectiva. En su defecto, la Oficina antes mencionada procederá a ingresar el monto en la Partida de Recursos 3330202 - Reintegro de Anticipos al Consejo Escolar de Rauch - Afectado.
Artículo 4o.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-
Artículo 5to.- Autorizar “ad referéndum” del Honorable Concejo Deliberante a efectuar todo lo indicado en los artículos anteriores.-
Artículo 6to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.