Boletines/Las Flores

Ordenanza Nº3646/2025

Ordenanza Nº 3646/2025

Las Flores, 29/05/2025

ORDENANZA

ORDENANZA 3646/2025

Visto:

 El Expte. 4063-0636/2025 iniciado por las Instituciones: Comisión de Fomento de El Trigo, Comisión Sala de Primeros Auxilios y Capilla El Trigo y Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 3, en el cual se tramita la donación a favor de la Municipalidad de Las Flores de una “unidad de traslado” marca fiat fiorino endurance 1.4Mt, CHASIS Nº 9BD2654PES9292555, MOTOR Nº 327A0555104569, adquirida con fondos propios, con el fin de prestar servicio en la Comunidad rural de El Trigo y;

Considerando:

Que, a fs. 1 del citado expediente, Comisión de Fomento de El Trigo, Comisión Sala de Primeros Auxilios y Capilla El Trigo y Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 3, informan sobre la adquisición de una unidad de traslado MARCA FIAT FIORINO ENDURANCE 1.4Mt, CHASIS Nº 9BD2654PES9292555, MOTOR Nº 327A0555104569, luego del trabajo denodado de los miembros de estas Instituciones y vecinos solidarios, realizando eventos durante tres (3) años aproximadamente, tales como la Fiesta del Chacarero y Cantor, Fiestas Criollas, reuniones, ello aunando el aporte de la comunidad en general;

Que tal “Unidad de traslado”, fruto del esfuerzo de una comunidad que, mediante el trabajo conjunto obtiene valiosos logros para sus vecinos, constituye un relevante logro en materia de salud para el paraje rural El Trigo; 

Que, las Instituciones mencionadas se encuentran inscriptas en el Registro de Entidades de Bien Público Municipal, tal como surge de los informes obrantes a fs. 4/6 de las presentes actuaciones;

Que, la intención de las Instituciones es que el bien permanezca afectado al servicio público de salud, beneficiando a los habitantes del paraje rural El Trigo y transferir dicha “Unidad de Traslado” a la Municipalidad de Las Flores;

Que, la Municipalidad de Las Flores se compromete a destinar la “Unidad de Traslado” a los fines para los cuales fue adquirida, garantizando su uso en beneficio de la comunidad rural de El Trigo.

Que, por otro lado, el mantenimiento y eventual equipamiento de la unidad implica una erogación que a las Instituciones adquirentes les resultaría gravoso mantener en el tiempo;

Que, en virtud del informe de la Contaduría Municipal de fs. 8 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de fs. 10 corresponde autorizar la donación propuesta por las Entidades en cuestión;

Que, por los motivos expuestos y, en virtud que tal transferencia no puede efectuarse a favor de las Instituciones, resulta necesario autorizar y formalizar la donación referida, a fin de regularizar la transferencia del dominio a favor del Municipio, procediendo a aceptar la donación oportunamente ofrecida e inscribir el vehículo a favor del Municipio;

Que, conforme lo estipulado en el Art. 57º de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al H. Concejo Deliberante aceptar las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad.

Por ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE

 

 

ORDENANZA

Art. 1°: Aceptase la donación de un vehículo “Unidad de Traslado” realizada por las Instituciones de Bien Público: Comisión de Fomento de El Trigo, Comisión Sala de Primeros Auxilios y Capilla El Trigo y Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 3, del Paraje Rural El Trigo, marca fiat fiorino endurance 1.4mt, chasis nº 9bd2654pes9292555, motor Nº 327A0555104569 adquirida con fines comunitarios y destinada a la prestación de servicios de salud en la Comunidad rural de El Trigo.

Art. 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de la “Unidad de Traslado”, indicada en el Artículo precedente, donada a nombre de la Municipalidad de Las Flores y a gestionar ante los organismos competentes su habilitación, seguro y documentación correspondiente.

Art. 3º: El vehículo donado será destinado exclusivamente al servicio de emergencias médicas, traslados sanitarios u otras finalidades relacionadas con la atención de la salud pública en el Paraje Rural El Trigo.

Art. 4º: Los gastos que demande la aceptación de la donación establecida en el Art. 1º serán imputados a la Jurisdicción 1110119000 “Secretaría de Producción, Turismo y Ambiente”, Programa 18 “Descentralización territorial”, Actividad 02 “El Trigo y Harosteguy”, del Presupuesto de Gastos vigente.

Art. 5º: Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LAS FLORES A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

 

Abg. Alejandra Vazzano                              Prof. Fabian Blanstein

       Secretaria                                                Presidente

 

/// Corresponde Ordenanza Nº 3646/2025.-

PROMULGADA POR DECRETO Nº 1049 (DECTO-2025-1049-E-LASFLORES-INT) DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2025.-

 

 

                         LUCAS MARTÍN BOGGINI                                                                                Ing. ALBERTO C. GELENÉ

                               Secretario de                                                                                                Intendente Municipal

              Relaciones Institucionales y Gobierno                                                                    

 

PUBLICADA:  10 DE JULIO DE 2025