Boletines/Chascomús
Decreto Nº 450/25
Chascomús, 18/06/2025
ADJUDICAR LICITACION PÚBLICA 1/25 REFACCION ESCUELA PRIMARIA N° 1
Visto
La Licitación Pública N° 01/2025 tramitada por Expediente Administrativo Nº 4030-166171/M Alcance 1, caratulado “Refacción Escuela Primaria N° 1”; y
Considerando
Que a través de dichas actuaciones se realizó la licitación para la Primera Etapa de la Obra de Restauración Integral y Puesta en Valor del edificio original de la EPN° 1 Bernardino Rivadavia, ubicada en la manzana compuesta por las calles San Martín, Moreno, Lavalle y Castelli de esta ciudad.
Que, con fecha 22 de abril del corriente se realizó la apertura del sobre Nº 1, con los antecedentes y, dos días después, la del sobre Nº 2 con las ofertas, presentándose las siguientes propuestas:
PROGRADIOR SA, con una propuesta económica de Pesos Cuatrocientos Cuatro Millones Doscientos Setenta y Dos Mil Quinientos Noventa y Uno con 24/100 ($404.272.591,24), y
DSI CONSTRUCCIONES SRL, con una propuesta económica de Pesos Trescientos Cuarenta y Seis Millones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Noventa y Seis con 22/100 ($346.148.096,22).
Que, atento a que la obra se enmarca en el convenio de financiamiento celebrado con la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la presente adjudicación se realiza sujeta al mismo.
Que, de acuerdo al informe de la Comisión de Preadjudicación, luego del análisis de los antecedentes y la documentación aportada y en base al informe realizado desde la Oficina Técnica, se determinó que las ofertas resultan válidas, concluyéndose que la de la firma DSI CONSTRUCCIONES SRL es la más conveniente.
Que la Dirección de Planificación de la Dirección de Cultura y Educación mediante PV-2025-17667802-GEDEBA-DPLADGCYE efectuó una reevaluación determinando que la propuesta de la empresa DSI CONSTRUCCIONES SRL se encontraría dentro de los parámetros aceptables para la SSIE por lo que el municipio podría continuar con el procedimiento administrativo que permita la contratación de las tareas.
Que, de acuerdo a lo indicado, la comisión aconsejó al Intendente Municipal adjudicar la Licitación Pública Nº 1/2025 a dicha firma por un monto de Pesos Trescientos Cuarenta y Seis Millones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Noventa y Seis con 22/100 ($346.148.096,22).
Que, no obstante encontrarse en trámite la ampliación del financiamiento, ya que dicha oferta supera en 34.99% al monto del presupuesto oficial conveniado con el organismo provincial, se considera necesario realizar la adjudicación de la obra en cuestión a efectos de continuar con dichas gestiones, conforme PV-2025-17667802-GEDEBA-DPLADGCYE.
Que asimismo cabe señalar que la diferencia entre el presupuesto oficial y la oferta es explicada en base a la fecha del primero (julio de 2024) y la de la oferta (abril de 2025) y que el ICC publicado por el INDEC a marzo de 2025 se incrementó en un 24,56%.
Que corresponde dejar establecido que el financiamiento de la presente adjudicación se encuentra a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del convenio suscripto con este Municipio. En tal sentido, los pagos correspondientes al adjudicatario se realizarán conforme a la disponibilidad de los fondos efectivamente transferidos por dicho organismo provincial, sin que ello implique reconocimiento de deuda ni genere obligación exigible para el Municipio hasta tanto los recursos no sean acreditados en sus cuentas.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención correspondiente.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Adjudíquese la Licitación Pública Nº 1/2025 tramitada mediante Expediente Administrativo Nº 4030-166171/M Alcance 1, caratulado “Refacción Escuela Primaria N° 1”, a la firma DSI CONSTRUCCIONES SRL, por un monto de Pesos Trescientos cuarenta y Seis Millones Ciento Cuarenta y Ocho Mil Noventa y Seis con 22/100 ($346.148.096,22), de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Déjese establecido que el financiamiento de la presente adjudicación se encuentra a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del convenio suscripto con este Municipio. En tal sentido, los pagos correspondientes al adjudicatario se realizarán conforme a la disponibilidad de los fondos efectivamente transferidos por dicho organismo provincial, sin que ello implique reconocimiento de deuda ni genere obligación exigible para el Municipio hasta tanto los recursos no sean acreditados en sus cuentas.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Contaduría, Tesorería, Compras y al adjudicatario.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Interino (R. Gastón Gualazzini) y el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-