Boletines/Chascomús

Decreto Nº422/25

Decreto Nº 422/25

Chascomús, 06/06/2025

ESCRITURACION OBISPADO

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030- 166899/M, caratulad “Solicitud de Donación y Escrituración a favor del Obispado de Chascomús respecto del inmueble designado catastralmente como Circ. II, Secc. B, Ch. 35, Mz. 35ab, Pc. 11, Pda. 41.231”, iniciado por la Municipalidad de Chascomús (Dir. De Políticas del Hábitat); y

Considerando

Que a fs. 1/2 del presente expediente administrativo se encuentra agregada copia de la Ordenanza 1644/1985, en la cual en su artículo 1° expresa que: “Transfiérase a título gratuito (donación) una fracción de tierra ubicada en la intersección  de las calles Alvear y Raúl Scalabrini de aproximadamente 1652,25m2 de superficie y cuyas medidas lineales definitivas surgirán del respectivo plano de mensura y división que a tal fin elaborará la Dirección de Catastro Municipal, a favor del Obispado de Chascomús”.  

Que la citada Ordenanza, fue promulgada por el Decreto N° 745/85 (ver fs.2).

Que a fs. 10 se encuentra copia del Plano de mensura y división N° 27-72-2024 donde se individualiza que la fracción de tierra que se encuentra en posesión del Obispado de Chascomús es la que corresponde a la nomenclatura catastral Circunscripción II, Sección B, Chacra 35, Manzana 35ab, Parcela 11, Partida inmobiliaria N° 41.231 del partido de Chascomús (027).

Que, a los efectos del otorgamiento de la escritura de la parcela referida, se requiere la intervención de la Escribanía General de gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para luego proceder a la inscripción en el registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

Que según lo dispuesto en el artículo 2° y 4° inc. D) de la Ley N° 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos se encuentra facultada para intervenir en la regularización dominial ante situaciones de interés social como el expuesto.

Que la Dirección de Asuntos Legales emitió dictamen favorable a la regularización dominial del inmueble mencionado.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Declárese de interés social la regularización dominial de Escrituración del inmueble designado Catastralmente Circunscripción II, Sección B, Chacra 35, Manzana 35ab, Parcela 11, Partida inmobiliaria N° 41.231 del partido de Chascomús (027).-

ARTICULO 2°.- Regularícese el dominio del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 35, Manzana 35ab, Parcela 11, Partida inmobiliaria N° 027- 41.231 del partido de Chascomús (027) a favor del Obispado de Chascomús, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en Ordenanza 1644/1985.-

ARTICULO 3°.- Déjese establecido que la posesión real y efectiva del inmueble, se encuentra en poder del Obispado de Chascomús.-

ARTICULO 4°.- Libérense al sólo efecto de la escrituración, las deudas que por gravámenes Municipales afecten al inmueble comprendido en la presente, debiendo ser asumidas expresamente por el solicitante.-

ARTICULO 5°.- Notifíquese en formato digital Secretaría Privada, Dirección de Políticas del Hábitat, Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y beneficiario.-

ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-