Boletines/Chascomús

Decreto Nº416/25

Decreto Nº 416/25

Chascomús, 04/06/2025

AMPLIACION PRESUPUESTARIA APOYO ECONÓMICO CIERRE TEMPORADA

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no considerados en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2025, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.

Que mediante el Expediente Administrativo N° 4030-166527 se tramita el “Cierre de Temporada – Apoyo Económico Programa Reactivación Turismo Bonaerense”.

Que mediante la resolución RESO-2025-167-GDEBA-MPCEITGP el Ministro de Producción Ciencia innovación tecnológica de la Provincia de Buenos Aires aprueba la solicitud de apoyo económico al evento denominado “Cierre de Temporada 2025” que se llevó a cabo los días 5 y 6 de abril del corriente año en el Municipio de Chascomús por la suma de Pesos Diez Millones ($10.000.000).

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a efectos de ampliar las partidas parciales que corresponda.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se indican a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110115000 – 33.01.00 Act. Central Promoción Cultural

132 - De origen provincial

3.2.9.0 Otros

10.000.000,00

 

 

Total Gastos:

10.000.000,00

ARTICULO 2°.- Créese el Rubro y Amplíese el Cálculo de Recursos de acuerdo al siguiente detalle:

JURISDICCIÓN

RUBRO

IMPORTE

1110111000

17.5.01.59 – Min. Prod. C. I Y Tec – Apoyo económico Cierre de Temporada 2025

10.000.000,00

 

 

 

Total

10.000.000,00

         

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital Secretaría Privada, Secretaría de Cultura, Deportes y Relaciones Institucionales, Dirección de Presupuesto y Contaduría.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-