Boletines/Chascomús
Decreto Nº 416/25
Chascomús, 04/06/2025
AMPLIACION PRESUPUESTARIA APOYO ECONÓMICO CIERRE TEMPORADA
Visto
La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no considerados en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2025, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.
Que mediante el Expediente Administrativo N° 4030-166527 se tramita el “Cierre de Temporada – Apoyo Económico Programa Reactivación Turismo Bonaerense”.
Que mediante la resolución RESO-2025-167-GDEBA-MPCEITGP el Ministro de Producción Ciencia innovación tecnológica de la Provincia de Buenos Aires aprueba la solicitud de apoyo económico al evento denominado “Cierre de Temporada 2025” que se llevó a cabo los días 5 y 6 de abril del corriente año en el Municipio de Chascomús por la suma de Pesos Diez Millones ($10.000.000).
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a efectos de ampliar las partidas parciales que corresponda.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se indican a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
Estructura Programática |
Fuente de Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110115000 – 33.01.00 Act. Central Promoción Cultural |
132 - De origen provincial |
3.2.9.0 Otros |
10.000.000,00 |
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Total Gastos: |
10.000.000,00 |
ARTICULO 2°.- Créese el Rubro y Amplíese el Cálculo de Recursos de acuerdo al siguiente detalle:
JURISDICCIÓN |
RUBRO |
IMPORTE |
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1110111000 |
17.5.01.59 – Min. Prod. C. I Y Tec – Apoyo económico Cierre de Temporada 2025 |
10.000.000,00 |
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Total |
10.000.000,00 |
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital Secretaría Privada, Secretaría de Cultura, Deportes y Relaciones Institucionales, Dirección de Presupuesto y Contaduría.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-