Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0578/25

Decreto Nº 0578/25

Coronel Pringles, 15/04/2025

Visto

el Expediente N° 0920/23 iniciado por el Director de Deportes, Sr. Sebastián Querejeta”; y

Considerando

Que a fs. 27 el Sr. Oscar Rossi, Secretario de Desarrollo solicita se lo autorice a celebrar  un contrato de locación de un sector de terreno posterior al escenario del Balneario Municipal, propiedad del Sr. Zubiri Jorge;

Que dicho espacio mide 206.50 mts por 50 mts., y será utilizado para servir como estacionamiento desde el 01/05/25 al 31/12/25, por un importe máximo de $639.220,76, como así también para eventos de gran convocatoria de público (Aniversario del Distrito, Rally Bonaerense, Rally Nacional, entre otros) que se lleven a cabo en dicho lugar como así también los fines de semana y feriados, momentos en que existe una gran afluencia de personas, dotando a ese espacio de una mayor comodidad para los visitantes, generando así las condiciones propicias para una mayor asistencia de público;

Que del precio de la locación se procederá a la retención de la deuda que el contribuyente Zubirí Jorge, titular del inmueble, que mantiene para con este Municipio en concepto de Tasa de Red Vial en las Partidas Nº 332/00, 333/01, 333/02, 333/03, 0336/00 y 337/00, cuyo monto asciende a la suma de $639.220,76, según lo indicado por la Oficina de Recaudación de fs.30 a 35.                                                       

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la suscripción de un contrato de Locación, desde el 01/05/25 hasta el 31/12/25, con el Sr. Zubiri Jorge, DNI 11.611.262, de un predio de su propiedad lindante con el sector posterior al escenario del Balneario Municipal, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción XIV – Sección C – Chacra 245 Parcela 1b, y sus medidas son de 206,50 mts., por 50,00 mts., siendo su finalidad la de ser utilizado como estacionamiento, según lo dispuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Por la locación referida en el artículo 1º se abonará un importe máximo de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($639.220,76) previa retención de

PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($639.220,76), que el contribuyente locador adeuda a este municipio en concepto de Tasa de Red Vial, Partidas Nº 332/00, 333/01, 333/02, 333/03, 0336/00 y 337/00.

ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2º se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” - Categoría Programática 18.00.00. “Dirección de Deportes” - Partida 3.2.5.0 “Alquiler de Tierras y terrenos”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal.

ARTICULO 4°: Ordénese a la Mesa General de Entradas a recaratular el Expediente Nº 0920/2023, donde dice iniciado por: “QUEREJETA SEBSTIÁN DIRECTOR”, deberá decir iniciado por: “OSCAR ROSSI SECRETARIO DE DESARROLLO”.

ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0578/25.