Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0575/25

Decreto Nº 0575/25

Coronel Pringles, 14/04/2025

Visto

los Expedientes N° 0249, 0250, 0261, 0262 y 0285/2025, iniciados por el Dr. González Estevarena Luis, Secretario de Salud, Dr. Felipe N. Queti, Director del Hospital Municipal; y

Considerando

Que mediante los mismos solicita arbitre los medios para el pago a contraprestación correspondiente a tratamientos Fonoaudiológicos, que deben realizarse el niño Herrera Joan, D.N.I Nº 52.670.714, la niña Quiroga Xiomara, D.N.I Nº 52.016.056, la niña Acuña Gabriela, D.N.I Nº 54.261.020, la niña Kessler Luciana, D.N.I Nº 52.726.497 y el niño Casco Braian, D.N.I Nº 56.540.992;

Que los pacientes se encuentran realizando tratamiento con la Lic. Silvia Funes, los mismo son de febrero hasta el mes de abril de 2025, con una frecuencia de una vez por semana, siendo el monto de la sesión de $15.000,00 para cada paciente, contra entrega de factura y previa certificación de los Directores de áreas;

Que atento a la declaración de incompetencia suscrita por la Administración de dicho nosocomio, se considera la contratación, amparando lo dispuesto en lo normado en el artículo 148° de la ley orgánica de las Municipalidades;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese a la Contaduría Municipal a efectivizar el pago de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00), a la Licenciada FUNES Silvia, correspondiente a los tratamientos Fonoaudiológicos, que debe realizarle al niño Herrera Joan, D.N.I Nº 52.670.714, a la niña Quiroga Xiomara, D.N.I Nº 52.016.056,  a la niña Acuña Gabriela, D.N.I Nº 54.261.020, a la niña Kessler Luciana, D.N.I Nº 52.726.497 y a el niño Casco Braian, D.N.I Nº 56.540.992, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 3°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender el monto indicado en el Artículo 1° por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 23.00.00 “Emergencias Médicas Sociales”, Partida 5.1.4.0 “Ayuda Sociales a Personas”, “Fuente de Financiamiento 110 - “Origen Municipal”.

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 0575/25.