Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0574/25
Coronel Pringles, 14/04/2025
Visto
el Expediente Nº 2.528/24, Cuerpo II, iniciado por el Sr. Rossi Oscar, Secretario de Desarrollo; y
Considerando
Que mediante el mismo a fs. 253 a 265 solicita la recarga de saldos correspondiente a la Tarjeta Garrafa Municipal- TGM, por un monto de $16.000,00 a un total de veintiocho (28) beneficiarios; $14.000,00 a un (1) beneficiario; $17.000,00 a cuarenta y siete (47) beneficiarios, $4.000,00 a un (1) beneficiario y $400,00 a un (1) beneficiario para el mes de Abril del 2025, según surge del Convenio Marco firmado entre el Municipio y Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios LTDA;
Que a fs. 267 la Contaduría Municipal informa que no existe impedimentos en acceder a otorgar los subsidios por intermedio de la TGM, en el marco del Artículo 130º del Reglamento de Contabilidad;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorícese a la Contaduría Municipal a hacer efectivo el pago de PESOS DIECISEIS MIL ($16.000,00) a un total de veintiocho (28) beneficiarios; PESOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS ($17.000,00) a cuarenta y siete (47) beneficiarios; PESOS CATORCE MIL ($14.000,00) a un (1) beneficiario, PESOS CUATRO MIL ($4.000,00) a un (1) beneficiario y la suma de PESOS CUATROCIENTOS ($400,00) a un (1) beneficiario, correspondiente al mes de abril del 2025, beneficiarios que se detallan en el Anexo adjunto, correspondiente a la Tarjeta Garrafa Municipal para las personas que concurren requiriendo una colaboración a la Dirección de Acción Social, en virtud de las difíciles problemáticas que atraviesan junto a su grupo familiar, de acuerdo a la documentación que presente el área requirente, en el marco del Artículo 130º del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 2º: El importe mensual de $17.000,00; $16.000,00; $14.000,00; $4.000,00 y la suma de $400,00, que percibirá cada beneficiario se acreditará del 01 al 05 de cada mes.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaria de Desarrollo” - Categoría Programática 21.00.00 “Seguridad Alimentaria y Asistencial” - Partida 5.1.4.0 “Ayuda Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0574/25.