Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0557/25

Decreto Nº 0557/25

Coronel Pringles, 09/04/2025

Visto

el Expediente N° 0699/25 caratulado “Asesoría Legal Solicita Desalojo”; y

Considerando

Que mediante el mismo el Secretario de Desarrollo solicita a la Asesoría Legal, que notifique a la Sra. Ruppel María Elena, el vencimiento del plazo de alquiler de la vivienda sita en calle 24 N° 1.395, y la desocupación del bien inmueble propiedad de los herederos de Juaristy Oscar Raúl;

Que el inmueble identificado Catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “C”, Manzana 242 A, Parcela 1 a, Partida 6.417 de Coronel Pringles;

Que el Municipio tiene suscripto un contrato de alquiler que venció el 31 de marzo de 2025, y un compromiso de refacción de vivienda con la familia Juaristy, el cual vence el 30 de junio de 2025;

Que para lograr dicho cometido es necesario desocupar el bien inmueble, para poder comenzar las obras ya presupuestadas;

Que pese a las conversaciones e intimaciones para desalojar la vivienda, la Sra. Ruppel y su familia no han deshabitado la misma;

Que la Asesoría Legal teniendo en cuenta el vencimiento del contrato, las notificaciones que obran en autos y sumado el plazo para la refacción del inmueble, recomienda desalojar el inmueble ocupado por la Sra. Ruppel María Elena, en el plazo perentorio e improrrogable de 10 días corridos a partir de la notificación, bajo apercibimiento de incoar las acciones judiciales que correspondan;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Intímese a la Sra. RUPPEL María Elena, D.N.I N° 17.779.094, a desalojar, en el plazo perentorio e improrrogable de 10 días corridos a partir de la notificación, el inmueble identificado Catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “C”, Manzana 242 A, Parcela 1 a, Partida 6.417, sito en calle 24 N° 1.395.

ARTICULO 2°: En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, autorícese a la Asesoría Legal a iniciar todas las acciones legales y judiciales correspondientes por desalojo con más los daños y perjuicios que correspondan.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0557/25.