Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0554/25
Coronel Pringles, 09/04/2025
Visto
los Expedientes N° 2.786/22; 2.157, y 0471/23 iniciados por la Sra. Pereyra Natalia, Directora de Acción Social; y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 1.975/24 se autorizó la Contratación de locación de servicios de las Srtas. Molinari María Antonella, D.N.I. N° 39.482.252; D´Alessandro Rocío, D.N.I. N° 42.688.141, y Ocerin Florencia, D.N.I N° 42.342.091, desde el 01/01/2025 y hasta el 30/06/2025, por un monto mensual de $151.536,00, que se cubrirán con fondos provinciales contemplados en el Acta Convenio, hasta que se efectué una actualización de honorarios por parte de la Administración Provincial;
Que a fs. 80 del Expediente Nº 0471/23; a fs. 120 del Expediente Nº 2.786/22 y a fs. 83 del Expediente Nº 2.157/23 la Directora de Acción Social, informa que a partir del mes de marzo del corriente año se aumentan los montos de las prestaciones para el equipo técnico del Programa Envión;
Que por lo expuesto, se autoriza la realización de una adenda sobre los contratos mencionados;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la Adenda sobre los Contratos ya suscriptos con las Srtas. MOLINARI María Antonella, D.N.I. N° 39.482.252, y D´ALESSANDRO Rocío, D.N.I. N° 42.688.141, autorizado mediante Decreto Nº 1.975/21, y OCERIN Florencia, D.N.I N° 42.342.091, autorizado mediante Decreto Nº 0043/25, a partir del mes de marzo y hasta el mes de junio del corriente año, abonándoseles por el mes de marzo, abril, mayo y junio/25 la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE ($169.720,00) a cada una.
ARTICULO 2°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender la erogación mencionada por la Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 24.00.00 “Programa Envión”, Partida 3.4.9.0 “Otros”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0554/25.