Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0497/25

Decreto Nº 0497/25

Coronel Pringles, 10/04/2025

Visto

y

Considerando

la nota presentada por la Contaduría Municipal, mediante la cual solicita que se redacte el Decreto pertinente para el acceso al Programa de Mejoramiento Habitacional, otorgado a personas en situación de vulnerabilidad, durante los meses de enero, febrero y marzo de 2025;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. VIVAS Yanina, D.N.I. Nº 37.878.872, ubicada en CALLE 40 y 19 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS DIECISIETE MIL ($17.000,00), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 2°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda del Sr. DIAZ Pablo, D.N.I. Nº 30.094.004, ubicada en calle España (4) N° 355 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000,00), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 3°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. DESIO Viviana, D.N.I. Nº 21.450.292, ubicada en  Calle 56 N° 855 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($47.220,95), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 4°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. KURTZ Milagros, D.N.I. Nº 41.167.988, ubicada en calle Pellegrini (51) N° 2.593 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000,00), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 5°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. PEREZ Dora Guillermina, D.N.I. Nº 16.873.996, ubicada en calle Pellegrini y 24 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000,00), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 6°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. VALENZUELA Débora, D.N.I. Nº 31.138.558, ubicada en calle Francia y 17 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000,00), para  realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 7°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. SEQUEIRA Viviana, D.N.I. Nº 33.311.727, ubicada en calle Suarez e/ 63 y 64 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000,00), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 8°: Atiéndanse los gastos de la obra de mejoramiento habitacional de la vivienda de la Sra. MANSILLA Lucía, D.N.I. Nº 38.231.960, ubicada en Calle 41 N° 269 de nuestra ciudad, por la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($48.000,00), para realizar las mejoras pertinentes en su vivienda.

ARTICULO 9°: Lo dispuesto en el artículo precedente se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” – Categoría Programática 22.00.00 “Ley 13.163 Fondo Programas Sociales” – Partida 5.1.4.0 “Ayudas sociales a personas” – Fuente de Financiamiento 132 “Origen Provincial”.

ARTICULO 10°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0497/25.