Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0489/25
Coronel Pringles, 31/03/2025
Visto
la Ordenanza Fiscal Vigente, que su artículo 280 dispone que: “El Plan de Facilidades de Pagos creado por medio de la presente ordenanza tendrá vigencia desde la promulgación de esta ordenanza hasta el 31 de marzo de 2025. Vencido este plazo autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar una prórroga del plan. Cumplida la fecha de vigencia comenzarán a regir los planes de pago previstos en el Capítulo XI de la presente ordenanza…”; y
Considerando
Que en la Dirección de Ingresos Públicos y por diferentes medios, se han realizado reiteradas consultas respecto de la posibilidad de ampliación del plazo de duración de la Moratoria;
Que muchos contribuyentes por cuestiones de organización administrativa han manifestado que no podrán acceder a la Moratoria si su vencimiento ocurre al día 31 de marzo, pero sí podrían hacerlo de existir una prórroga;
Que la moratoria fue pensada para lograr que la mayor cantidad de contribuyentes pueda poner sus tasas al día;
Que el artículo 181 de la Ordenanza Fiscal vigente autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar una prórroga de la Moratoria;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Prorróguese el Plan de Facilidades de Pagos creado por medio de la Ordenanza Fiscal N° 5.026/2024, el que tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2025.
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0489/25.