Boletines/Lobos

Decreto Nº489/2025

Decreto Nº 489/2025

Lobos, 09/04/2025

GASTOS GENERALES ANUAL ORQUESTA ESCUELA (CULTURA)

Visto

            La Orquesta Escuela Municipal, dependiente de la Dirección de Políticas Culturales de la Secretaría de Gobierno, creada por Decreto Nº 810/09 y con la continuidad otorgada por Decretos 810/09, 38/2010, 228/2011, 09/2012, 3/2013, 3/2014, 5/2015, 012/16, 012/17, 012/18 ,015/19, 363/20 y 1019/21, 035/22, 018/23, 031/2024 y 444/2024, y;

Considerando

Que la creación de una Orquesta Escuela tiene como objetivo fundamental convocar a niños, niñas y adolescentes de todos los niveles socio-culturales, en particular a aquellos que se encuentran en estado de vulnerabilidad de derechos, para ofrecerles el acceso al conocimiento y la producción musical a través de una propuesta metodológica innovadora basada en la práctica orquestal.-

Que la Orquesta Escuela es una propuesta educativa, social y cultural que, desde hace 15 años, transforma la vida de niños, niñas y jóvenes del partido de Lobos a través del arte.

Que es una verdadera herramienta de inclusión y desarrollo comunitario y parte de una política socioeducativa que busca transformar realidades, sembrar futuro y construir redes de contención y afecto.

Que, se hace necesario fomentar experiencias directas en el campo artístico que garanticen, en el proceso, no solo el acceso al conocimiento musical, sino también el fortalecimiento del espíritu solidario y cooperativo, promoviendo además la futura inserción en el campo laboral específico. Que no solo se enseña música sino que además se enseña a convivir, a trabajar en grupo, a respetar los tiempos del otro y a construir colectivamente.  

Que fue creada en el año 2009 en el Centro Educativo Complementario N° 801 de Empalme Lobos, con el propósito de brindar acceso gratuito a la formación musical, rompiendo barreras económicas y sociales.

Que desde sus comienzos, ha ofrecido clases de violín, viola, violonchelo, contrabajo, flauta y guitarra, apostando a una educación integral y de calidad para todos sus estudiantes.

Que actualmente funciona en diversas sedes: la Escuela Primaria N°1 “Pilar Beltrán” (que es su sede principal), el Teatro Cine Italiano, la Casa de la Cultura del Bicentenario y el CEC 801.

Que la articulación con diferentes instituciones como Jefatura Distrital, Inspección de Psicología y las propias escuelas permite que el proyecto esté profundamente arraigado en el entramado educativo local, acompañando la trayectoria escolar de sus alumnos con propuestas pedagógicas innovadoras.

Que también se pretende hacer promoción de la cultura, a partir del diseño de los repertorios a utilizar, el reconocimiento y la valoración de las producciones musicales académicas y populares, especialmente argentinas y latinoamericanas.-      

Que al inicio el cupo era de 60 alumnos, y hoy, gracias al trabajo en red y a la multiplicación de sedes, ese número se duplicó.

Que los alumnos son niños de entre 8 y 12 años de edad aproximadamente.

Que los estudiantes participan de talleres y de la práctica orquestal, desarrollando habilidades individuales y grupales. En este espacio, cada instrumento tiene su voz, y cada alumno, su lugar.

Que durante estos  15 años, han pasado cientos de estudiantes, algunos de los cuales continuaron su camino profesional en la música, y otros llevaron lo aprendido a distintos ámbitos de su vida.

Que dicho proyecto está directamente vinculado al Programa Provincial de Orquestas Escuela, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y creado por Resolución Nº 4529 del año 2005.

Que se trata de un proyecto compartido entre ese Organismo Provincial y los Municipios que deseen implementarlo.-

Que para ello, el Programa Provincial se hace cargo de la contratación de las horas cátedras de los Profesores y parte de los Instrumentos necesarios para las clases de la Orquesta Escuela.-

Que, tal como lo establece el Anexo de la Resolución 4529/05 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia, el Municipio deberá ofrecer, como contrapartida, los gastos de traslados y viáticos de los mencionados docentes; ofrecer la sede y, en caso de ser necesario, el traslado de los alumnos a dicha sede; un equipo pedagógico y social que realizará el seguimiento del desarrollo de los alumnos; gastos de materiales necesarios para el funcionamiento de la Orquesta Escuela.-

Que han sido designados por Resolución Nº 1812 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia, con fecha 8 de Junio de 2009, los docentes necesarios a través de concursos provinciales específicos para la Orquesta Escuela de Lobos.-

Que el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires ha otorgado un subsidio a favor de este Municipio para la adquisición de instrumentos y materiales de apoyo como cuerdas, resinas, atriles, entre otros.-

Que más allá de la continuidad de las actividades de la Orquesta Escuela, expresadas en los Decretos Nº 810/09, 38/2010, 228/2011, 09/2012, 3/2013,3/2014, 5/2015, 012/16, 012/17, 012/18 ,015/19, 363/20, 1019/21, 035/22, 018/23, 031/2024 y 444/2024 por razones de ejercicios contables y administrativos se hace necesaria la redacción de un nuevo acto administrativo que ratifique lo establecido en los mencionado decretos.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

                                                            D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Dése continuidad a la Orquesta Escuela Municipal de Lobos, que depende de la Dirección de Políticas Culturales de la Secretaría de Desarrollo Comunitario y funciona bajo la modalidad y sistema del Programa Provincial de Orquestas Escuela de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, durante todo el año 2025, en las sedes: Escuela Primaria N°1 “Pilar Beltrán”, Teatro Cine Italiano, Casa de la Cultura del Bicentenario y el CEC 801, en diversos días y horarios.

 

ARTÍCULO 2º: Páguense los gastos de materiales para eventos, servicio de sonido e iluminación, entre los que se incluyen librería y papelería, maderas, clavos, tornillos, herramientas, cuerdas, resinas, atriles, telas, instrumentos, seguros, viáticos y demás gastos inherentes al funcionamiento, actividades y desarrollo de la misma, como así también traslados y alojamiento de profesores y alumnos; asimismo y en caso de ser necesario, el gasto que demande la contratación de personal y/o profesionales para conformar el equipo pedagógico-social y demás gastos que originen las diferentes actividades de la Orquesta Escuela Municipal de Lobos, por todo el año 2025.

 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto deberá imputarse a la Jurisdicción 1110113000- Categoría Programática 21.01.00 del Presupuesto de Gastos en vigencia.-

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

DECRETO Nº:          489/2025

         Carlos Jorge                                                                  Ing. Jorge O. Etcheverry

  Secretario de Desarrollo                                                         Intendente Municipal

         Comunitario                                                                  Municipalidad de Lobos

  Municipalidad de Lobos