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Decreto Nº471/2025

Decreto Nº 471/2025

Lobos, 04/04/2025

EXIMICION TASAS ANAYA JORGE- Bombero

Visto

El expediente N° 4067-3546/2017 por el cual ANAYA JORGE ANTONIO, DNI N°4.928.201, solicita la eximición del pago correspondiente a la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos y Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios respecto a la Partida N° 31963 y correspondiente al año 2025, y;

Considerando

Que la Ordenanza N° 2277 determina la eximición del 100% del pago de las Tasas por Servicios Generales Urbanos a los Bomberos Voluntarios que sean propietarios de viviendas únicas destinadas a habitación permanente.-

Que mediante Ordenanza N° 2825 se modifica el artículo 1° de la Ordenanza referida en el párrafo anterior, y se establece la eximición del pago de la Tasa Retributiva por Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos en una única vivienda familiar de uso permanente, Tasa por automotores n la medida de resultar vehículo único, Tasa por expedición de Licencia de Conductor de Clase Especial para la Categoría de Automotores de Seguridad y/o emergencias, Tasa de Estacionamiento Medido, a los ciudadanos pertenecientes al Cuartel Central de la Sociedad Bomberos Voluntarios de Lobos y sus respectivos destacamentos, conforme lo establecido en la Ordenanza Impositiva 2378 y sus modificaciones.

Que conforme a lo expuesto en el presente expediente, el Sr. Secretario de Hacienda y Producción informa que la presente solicitud se encuadra en lo establecido por la Ordenanza N° 2277/05, Ordenanza Nª 2825/16 y Decreto Reglamentario Nº 694/16.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

                                                            D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Exímase a ANAYA JORGE ANTONIO, DNI N°4.928.201, del pago de Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos para el período 2025, respecto de la Partida N° 31963, N.C. Circ. I, Secc. D., Manzana 317, Parcela 1 D, por revestir calidad de bombero voluntario de Lobos.

 

ARTÍCULO 2º: Aclárese que dicha eximición no alcanza a la Contribución para Obras Públicas y Contribución Solidaria para el financiamiento del Servicio de Educación, Salud, Seguridad y Asistencia Social.

 

ARTÍCULO 3º: Dese copia del presente decreto a la Dirección de informática y al solicitante a sus efectos.-

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-

DECRETO Nº:                  471/2025

           Menestrina Gonzalo                                                    Ing. Jorge O. Etcheverry

 Secretario de Hacienda y Producción                                       Intendente Municipal

         Municipalidad de Lobos                                                 Municipalidad de Lobos