Boletines/Lujan

Decreto Nº391

Decreto Nº 391

Lujan, 28/02/2025

Aprueba contrato de locación de obra con Ochoa Diego Pablo

Visto

Que por expediente EX–2025-00007814- -MUNILUJAN-SEF se solicita la contratación del Profesional Dr. Ochoa Diego Pablo;

Considerando

Que la Secretaría de Economía, solicita la contratación del profesional Dr. Ochoa Diego Pablo, abogado, para brindar el servicio de asesoramiento legal y capacitación constante del personal y/o funcionario administrativo de los distintos organismos Municipales en materia de derecho público provincial y municipal asimismo ayudar a dilucidar y resolver preventivamente asuntos que exceden la estructura del Departamento de legales de la Comuna. Que en Orden N°4 la Dirección de Recursos Humanos en conjunto con el Secretario de Economía y Finanzas informan mediante declaración jurada que no existe en la actualidad personal idóneo disponible en la planta municipal que reúna las condiciones para la contratación pretendida; Que en Orden N°7 la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria. Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58.

EL INTENDENTE MUNICIPAL 

DECRETA

Artículo 1°. - Apruébase el Contrato de Locación de Obra a suscribirse entre la Municipalidad de Luján y el Sr. Ochoa Diego Pablo, abogado DNI N°23.829.606, con domicilio en la calle Nº 9 entre 160 y 161 Nº3851 de la Ciudad de Berisso- La Plata, Provincia de Buenos Aires, para avocarse a las tareas en asesoramiento legal y capacitación constante del personal y/o funcionarios administrativos de los distintos organismos Municipales en materia de derecho público provincial y municipal a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2025, cuyo contrato identificado como IF-2025-00024179-MUNILUJAN-SEF forma parte del presente.

Artículo 2°. - La Municipalidad abonará por la contratación la suma total y definitiva de pesos Doce millones quinientos nueve mil setecientos sesenta y tres con cero centavos ($12,509,763,00) que se abonará en 12 cuotas mensuales de pesos Quinientos ochenta y cinco mil con cero centavos ($585.000,00) correspondiente al mes de enero, de pesos Seiscientos cuarenta y tres mil quinientos con cero centavos ($643.500,00) correspondiente al mes de febrero, de pesos Setecientos siete mil ochocientos cincuenta con cero centavos ($707.850,00) correspondiente al mes de marzo; de pesos Setecientos setenta y ocho mil seiscientos treinta y cinco con cero centavos ($778.635,00) correspondiente al mes de abril , de pesos Ochocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho con cero centavos ($856.498,00) correspondiente al mes de mayo, de pesos Novecientos cuarenta y dos mil ciento cuarenta y ocho con cero centavos ($942.148,00) correspondiente al mes de junio, de pesos Un millón treinta y seis mil trescientos sesenta y tres con cero centavos ($1.036.363,00) correspondiente al mes julio, de pesos Un millón ciento treinta y nueve mil novecientos noventa y nueve con cero centavos ($1.139.999,00) correspondiente al mes de agosto, de pesos Un millón doscientos cincuenta y tres mil novecientos noventa y nueve con cero centavos ($1.253.999,00) correspondiente al mes de septiembre, de pesos Un millón trescientos setenta y nueve mil trescientos cincuenta y nueve con cero centavos ($1.379.359,00) correspondiente al mes de octubre, de pesos Un millón quinientos diecisiete mil trescientos treinta y nueve con cero centavos ($1.517.339,00) correspondiente al mes de noviembre y de pesos Un millón seiscientos sesenta y nueve mil setenta y tres con cero centavos ($1.669.073,00) correspondiente al mes de diciembre 2025, mensuales y consecutivas para el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, en concepto de honorarios. –

Artículo 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

17.-Secretaria de Economía y Finanzas.

01.-Formulación y Ejecución de Políticas Económicas.

110.-Tesoro Municipal.

3.4.9.0.-Otros.

Artículo 4°. -Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.