Boletines/Lujan
Decreto Nº 247
Lujan, 07/02/2025
Referencia: Contratación mediante Locación de Servicios de García Ana Lucía
Visto
El Expediente N° EX-2025-00007364- -MUNILUJAN-DRH#SGPC a través del cual tramita la contratación mediante Locación de Servicios de García, Ana Lucia, titular del DNI 44.334.030; y
Considerando
Que en orden 02 el Secretario de Desarrollo Humano y la Dirección de Deportes, mediante Nota N° NO2025-00007264-MUNILUJAN-SDH, solicitan la contratación de García, Ana Lucia bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Colonia de Verano 2025 del “Programa Luján al Sol” declarado de interés municipal por Decreto N° DECTO-2025-47-E-MUNILUJAN-INT,con el objeto de realizar actividades de arte y recreación proporcionando el cuidado adecuado, seguro y responsable a los menores asignados durante las actividades de la Colonia; diseñar y ejecutar juegos y actividades interactivas basados en el arte (teatro, música, pintura, danza, entre otros) que estimulen la participación activa de los participantes, supervisar constantemente el comportamiento y la seguridad de los menores, asegurando un entorno saludable y respetuoso., en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Humano.
Que en la nota citada en el párrafo anterior, la Secretaría destaca que no cuenta con personal idóneo que posea experiencia y/o formación en cuidado de menores de edad y/o profesores de educación física, como así tampoco de guardavidas que puedan cumplir con la tarea requerida dado que el personal docente que se desempeña en la Secretaría se encuentra usufructuando su licencia anual conforme el Estatuto del Docente durante el plazo solicitado del contrato.
Que luce como informe gráfico N° IF-2025-00006437-MUNILUJAN-DD#SDH la documentación personal de García, de la cual surge que la locadora posee seguro de vida.
Que en orden N°10 la Dirección de Recursos Humanos toma vista e intervención en el marco de sus competencias, y manifiesta que el procedimiento de contratación se encuentra encuadrado dentro de las actividades de arte y recreación del programa de verano “Luján al Sol”.
Que se halla en orden N° 12 la conformidad de Jefatura de Gabinete para la contratación bajo modalidad de locación de servicios. Que en orden N° 14 la Secretaría de Economía y Finanzas toma conocimiento de la solicitud de contratación y presta su confomidad.
Que la Contaduría Municipal en orden N° 16 informa la imputación presupuestaria.
Que en orden N° 31 luce el Anexo N° IF-2025-00017887-MUNILUJAN-SDH que contiene el modelo de contrato a suscribirse entre esta Municipalidad de Luján y García, Ana Lucia.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébase el contrato bajo la modalidad de Locación de Servicios entre esta Municipalidad de Luján y GARCÍA, Ana Lucia, titular del DNI. N°44.334.030, con domicilio real en la calle E. Carriego N° 652, de Luján, Provincia de Buenos Aires, incorporado al Anexo N° IF-2025-00017887- MUNILUJAN-SDH, el cual forma parte integrante del presente, y cuyo objeto recae en realizar actividades de arte y recreación proporcionando el cuidado adecuado, seguro y responsable a los menores asignados durante las actividades de la Colonia; diseñar y ejecutar juegos y actividades interactivas basados en el arte (teatro, música, pintura, danza, entre otros) que estimulen la participación activa de los participantes, supervisar constantemente el comportamiento y la seguridad de los menores, asegurando un entorno saludable y respetuoso, en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Humano, con una vigencia comprendida desde el 2° de enero de 2025 y hasta el 28 de febrero de 2025.
Artículo 2°.- La Municipalidad abonará a la locadora la suma total de PESOS UN MILLON CIEN MIL ($1.100.000) que se cancelará en dos (2) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($550.000), por el período comprendido entre el 2° de enero de 2025 y hasta el 28 de febrero de 2025.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano. 47.- Programa Municipal de Deportes.
01.- Servicio Esparcimiento y Recreación con la Comunidad.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
02.- Personal Temporario.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.