Boletines/Lujan

Decreto Nº229

Decreto Nº 229

Lujan, 06/02/2025

Referencia: Designación de Lons Santiago Agustín como Ayudante de Cátedra de taller

Visto

el Expediente N° EX-2025-00013587-MUNILUJAN-DRH#SGPC mediante el cual tramita la designación de Santiago Agustín Lons, como tallerista, para prestar servicios en Jefatura de Gabinete; y

Considerando

Que en orden Nº 02, en nota identificada como NO-2055-00013580-MUNILUJAN-SJG, el Director de Modernización y Seguimiento de Gestión, quien suscribe en reemplazo del Jefe de Gabinete, solicita la designación en planta temporaria de Santiago Agustín Lons, DNI N° 38.124.457, como Personal Docente Ayudante de Cátedra Tallerista – de 6 horas cátedra taller, con el objeto de dictar un taller de música en el marco del Programa Luján Libre de Drogas, a partir del 01 de enero del 2025 y hasta el 30 de junio de 2025.

Que en orden Nº 03, el Director de Recursos Humanos toma vista y conocimiento de lo requerido, aclarando que la designación se efectuará a partir del 1 de febrero de 2025.

Que en orden Nº 04, mediante informe gráfico Nº IF-2025-00013593-MUNILUJAN-DRH#SGPC, se incorpora documentación personal, certificado de negativa de ANSES y certificado de antecedentes penales del Sr. Santiago Agustín Lons. Que en orden Nº 06, el Secretario de Economía y Finanzas toma vista y prestando conformidad solicita que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que en orden Nº 08, la Contadora Municipal informa la imputación presupuestaria. Que el presente se dicta a pedido de Jefatura de Gabinete y en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N°6769/58, Ley 10.579 “Estatuto del Docente” conforme prevé el artículo 23° de la Ordenanza N°8725, y artículo 66° de la Ley 14.656.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.-Designase a Santiago Agustín LONS, DNI N° 38.124.457, como personal docente, Ayudante de Cátedra de Taller, con un régimen horario de seis (6) horas cátedra, en planta temporaria, para cumplir funciones en la Jefatura de Gabinete, en el marco del Programa Luján Libre de Drogas, a partir del 1° de febrero de 2025 y hasta 30 de junio de 2025.

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

24.- Jefatura de Gabinete.

16.- Programa Luján Libre de Drogas.

01.- Coordinación Programa Luján Libre de Drogas.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos en Personal.

02.- Personal Temporario.

Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.