Boletines/Rojas

Decreto Nº343/25

Decreto Nº 343/25

Publicado en versión extractada

Rojas, 28/03/2025

VISTO: lo actuado en el expediente administrativo municipal N° 282/25; y

CONSIDERANDO:
1) Que a fs. 1 la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Arq Verónica ROMERO, solicita la contratación de la Cooperativa de Luz y Fueza Eléctrica de Rojas Ltda. para que realice la obra de colocación de cincuenta (50) unidades de brazos de 2,50 m cincado sobre columnas existentes, artefactos de led tipo "Lumenc Flow" de 150 W de pontencia, previstos por el municipio y acometida nueva a la red eléctrica de 50 columnas de Alumbrado, en la totalidad de las columnas se retirará la línea aérea convencional en cable desnudo y las ménsulas. Esta obra corresponde al alumnbrado público en los siguientes Barrios: Las Margaritas, lndustrial, Belgrano y La Loma;
2) Que de la demás documentación adunada surgen los términos a los cuales deberá someterse dicha contratación;
3) Que la forma de contratación será directa por tratarse la prestadora de una Cooperativa, tal como lo dispone el art. 132 inc. "c" del Dto. Ley 6769/58;

Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Rojas,

en uso de sus facultades
DECRETA


ARTICULO 1°: Contrátase a la Cooperativa de Luz y Fueza Eléctrica de Rojas Ltda. para que realice la obra de colocación de cincuenta (50) unidades de brazos de 2,50 m cincado sobre columnas existentes, artefactos de led tipo "Lumenc Flow" de 150 W de pontencia, previstos por el municipio y acometida nueva a la red eléctrica de 50 columnas de Alumbrado, en la totalidad de las columnas se retirará la línea aérea convencional en cable desnudo y las ménsulas. Esta obra corresponde al alumnbrado público en los siguientes Barrios: Las Margaritas, lndustrial, Belgrano y La Loma; conforme Condiciones Generales en Memoria Descriptiva y Especificaciones Técnicas, y Planos glosados, en el plazo de treinta (30) días corridos, por un monto final de Pesos QUINCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICUATRO ($ 15.995.124), final.-
ARTICULO 2°: Encomiéndase a la Secretaría de Seguridad, Legal y Técnica la instrumentación contractual pertinente.-
ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, Sr. Nicolás Scardino.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, Registrese, Archívese.-