Boletines/Rojas

Decreto Nº341/25

Decreto Nº 341/25

Publicado en versión extractada

Rojas, 27/03/2025

VISTO: Lo actuado en el expediente N° 171/25; y
CONSIDERANDO:
1) Que a fojas 1 la Dirección de Recursos Humanos y a fojas 2 la Secretaría de Espacios Públicos, informan que el agente Carlos Alberto ACOSTA, DNI N° 31.991.164, Legajo N° 2820, ha incurrido en inasistencias sin aviso y sin justificación los días 6, 7, 11, 14 y 17 de Febrero de2025;
2) Que habiendo tomado vista de su legajo personal, del mismo surge que el agente en cuestión registra antecedentes disciplinarios, siendo la última sanción aplicada SUSPENSIÓN POR ClNCO (5) DÍAS, mediante Decreto N° 142/25 de fecha 3 de Febrero de 2025, notificado el 6 de Marzo de 2025;
3) Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 108 último párrafo de la Ley N° 14.656, se intima a dicho agente a que en el plazo de cinco (5) días formule su descargo, bajo apercibimiento de ser sancionado conforme a lo prescripto por el artículo 108 párrafo 20 inciso b) de la Ley N° 14.656 (quince dias de suspensión), no habiendo concurrido a efectuar su descargo, estando debidamente notificado según constancias de autos obrantes a fojas 4;
4) Que a fojas 5 la Secretaría de Seguridad, Legal y Técnica emitió dictamen entendiendo que el agente indicado podría ser pasible de la sanción correctiva prevista en el art. 108 párrafo 2° inciso b) de la indicada normativa (quince días de suspensión);
5) Que corresponde al suscripto la aplicación de la sanción respectiva (art. 110 de la Ley N° 14.656, art. 108 inc. 9 Dec. Ley 6769/58);


Por ello el Señor lntendente Municipal del Partido de Rojas,
en uso de sus facultades

DECRETO

ARTICULO 1°: Aplicar al agente Carlos Alberto ACOSTA, DNI N° 31.991.164, Legajo N° 2820, la sanción disciplinaria contemplada en el artículo 108 párrafo 2° inciso b) de la Ley N° 14.656, consistente en SUSPENSIÓN POR QUINCE (15) DÍAS CORRIDOS, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente, en los términos y por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
ARTICULO 2°: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, Lic. Nicolás SCARDINO.-
ARTICULO 3°: Regístrese. Notifíquese. Archívese.-