Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1325
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/06/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la adquisición de frutas y verduras para hogares convivenciales, y;
CONSIDERANDO
Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios N° 2260/2025, recibiéndose una propuesta económica de una (1) firma inscripta en el Registro de Proveedores, de las cuatro (4) invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación obrantes de fojas 11 a 14;
Que a fojas 18 obra Acta de Apertura, en la que se presento la firma: BALEANI EMILIANO ANDRES, total de la oferta económica $16.553.400;
Que, a fojas 25 el Departamento Compras sugiere se adjudique a la firma BALEANI EMILIANO ANDRES (Proveedor Nº 9.304) la provisión de los ítems 1 a 28, por única oferta económica, en lote frutas y verduras, por un importe total de $16.553.400.
Asimismo, informa que, en aplicación del artículo 199 de la Ley Orgánica Municipal, debido al volumen de trabajo y al no encontrarse dentro del ámbito municipal la recepción, control y entrega de la mercadería objeto de la licitación, se delega dicha responsabilidad a los agentes mencionados a fojas 3 ;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTÍCULO 1º).- Adjudicase a BALEANI EMILIANO ANDRES - Proveedor N.º 9.304, la provisión de frutas y verduras para hogares convivenciales, por única oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($16.553.400.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
ARTÍCULO 2º)- Déjase constancia que los agentes encargados de la recepción y control de la mercadería a ser adquirida serán: Mariela Cuello, Directora, legajo 11769 y Valeria Vaucheret, Secretaria, legajo 13587 (Casa de abrigo 1); Daniela Mancinelli, Directora, legajo 16130 y Elena Irribarra, Secretaria, legajo 13997 (Casa de Abrigo 2); Estrella Saez Grau, Secretaria, legajo 16403 (Hogar Peumayen); Leticia Asteinza, Directora, legajo 15655 y Marianela Migliavaca, Secretaria, legajo 16428 (Hogar Cantilo); Ever Gil, Director, legajo 13976 y Melisa Hirsch, Secretaria, legajo 15505 (Hogar Adolescente), en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 199 de la Ley Orgánica de la Municipalidad.
ARTÍCULO 3°).- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota a sus efectos Departamento de Compras, y demás dependencias municipales que correspondan; hecho: ARCHÍVESE.-